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La Tribuna

Cámara de Diputados aprueba "Ley Nain-Retamal" y proyecto se va al Senado

por Salomón Bobadilla González

La Sala de la Cámara Baja despachó a segundo trámite la iniciativa, que aumenta las penas por delitos cometidos en contra de dichos efectivos; exige la entrega de herramientas para su protección; y les otorga un mecanismo de "legítima defensa privilegiada".

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Un nuevo proyecto de la agenda de seguridad pública despachó a segundo trámite la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados, ayer en la tarde y tras un amplio debate.

Se trata de la denominada “Ley Nain -Retamal”, que adopta los nombres de dos de mártires de Carabineros de Chile, trágica lista a la que recientemente se sumó la sargento Rita Olivares.

La propuesta ya contaba con su aprobación en general, el 12 de diciembre de 2022. Pero, al ser objeto de indicaciones, volvió a consideración de la Comisión de Seguridad Ciudadana, desde donde se despachó el pasado lunes 27. Allí se adoptó la decisión de incorporar las normas contenidas en el proyecto conocido como “Ley Retamal”.

El texto, primero, enmienda la Ley 18.216, que establece penas sustitutivas a las privativas o restrictivas de libertad. En particular, se define que este beneficio no procederá respecto de “aquellos delitos en los que se haya atentado contra la integridad física de funcionarios, en razón de su cargo, de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones y de Gendarmería de Chile”.

Asimismo, se perfecciona un artículo del DL 321, de 1925, sobre Libertad Condicional. El objetivo es restringir el acceso a este beneficio a quienes atenten contra efectivos de dichas instituciones. También se incluye en este marco el homicidio de integrantes del Cuerpo de Bomberos de Chile, en el ejercicio de sus funciones.

CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR

En el Código de Justicia militar se modifica lo referente a matar a un carabinero. Se especifica que la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado se aplicará cuando el acto se realice durante el ejercicio de las funciones del funcionario.

Luego, se agrega que sancionará con una pena de presidio perpetuo a presidio perpetuo calificado si:

  1. Se comete mediante precio, recompensa o promesa.
  2. Se ejecuta con auxilio de gente armada o de personas que aseguren o proporcionen la impunidad.
  3. Si el imputado actúa con su rostro cubierto con el objeto de ocultar su identidad.

En el caso de la PDI y Carabineros, se agrega que, en el ejercicio de sus funciones, su personal será provisto de las competencias, equipo y armamento adecuado para resguardar su vida e integridad personal y la de terceros.

Otra norma define que, en caso de crímenes contra carabineros habrá una pena accesoria cuando el condenado sea extranjero. Acá se aplicará la expulsión del territorio nacional con prohibición absoluta perpetua de retorno.

Cabe mencionar que esta ley solo se aplicará a los hechos delictivos cometidos con posterioridad a su entrada en vigencia.

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