Regístrate Regístrate en nuestro newsletter
Radio San Cristobal 97.5 FM San Cristobal
Diario Papel digital
La Tribuna

Avanza proyecto del Mepco que permitirá variación de precios de combustibles cada 21 días

por Cristian Salazar Ramírez

Adicionalmente, el texto presenta algunos beneficios específicos para el sector del transporte de carga. Ellos se acordaron entre el Ejecutivo y el gremio en el contexto del pasado paro de los camioneros.

COMBUSTIBLES /

Una entrega de resultados de variación de precios cada 21 días y ya no semanalmente considerará para las bencinas y el diésel el mecanismo de estabilización de precios de los combustibles (Mepco), proyecto aprobado por la Sala de la Cámara y enviado a segundo trámite.

La iniciativa, según explicó el Ejecutivo, busca evitar fluctuaciones semanales. Así, se espera mantener un periodo más amplio de estabilidad de precios, entre las alzas y bajas que se puedan experimentar.

Lo anterior contribuirá a acentuar el perfil de “seguro” del mecanismo. Esto permitirá mantener una programación de valores por un tiempo mayor, hecho que beneficiará al transporte en general, pero también a los productos asociados a esta situación, como los vendidos en un negocio o supermercado.

Para materializar el cambio en el Mepco, la propuesta también especifica la forma en que se calculará el impuesto específico a los combustibles en las distintas semanas de ese período.

Transporte de carga

Adicionalmente, el texto presenta algunos beneficios específicos para el sector del transporte de carga. Ellos se acordaron entre el Ejecutivo y el gremio en el contexto del pasado paro de los camioneros.

En particular, se extiende la vigencia, hasta el 31 de diciembre del año 2023, del reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de este sector. Para esto se aplicará la siguiente escala:

  1. 80%, para contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido iguales o inferiores a UF2.400.
  2. 70%, para contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a UF2.400 y no excedan UF6.000.
  3. 52 5%, para contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a UF6.000 y no excedan de UF20.000.
  4. 31%, para contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a UF20.000.

Junto a lo anterior, establece el régimen de precios aplicable al petróleo diésel hasta el 15 de abril de 2023. Ello asegurará la mantención de precios por 120 días, sin cambios. Asimismo, esta norma establece el mecanismo que permite dicha estabilización.

Luego, se fija un régimen temporal aplicable para los ajustes de precio del petróleo diésel a que dé lugar la operación del Mepco. El periodo comprendido es entre el 15 de abril de 2023 y el 15 de abril de 2024. Aquí se define un máximo de alzas de 0,25 UTM por metro cúbico cada 21 días.

Finalmente, se detalla que la extensión del beneficio de reintegro parcial aplicará a todas las facturas emitidas durante el año tributario 2023.

Síguenos: Google News
banner redes
banner redes banner redes banner redes banner redes banner redes

¿Quieres contactarnos? Escríbenos a [email protected]

Contáctanos
EN VIVO

Más visto