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Condenan a siete años de cárcel efectiva a hombre que apuñaló a víctima por la espalda en Ovalle

por Prensa La Tribuna

El Tribunal Oral en lo Penal de Ovalle lo declaró culpable de homicidio simple frustrado y lesiones menos graves por dos ataques con arma blanca ocurridos en abril de 2025. Una de las víctimas sufrió heridas que pudieron causarle la muerte.

El juicio se desarrolló en el TOP de Ovalle / Poder Judicial

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó a un hombre identificado con las iniciales I.F.H.T. a la pena de siete años de presidio efectivo como autor del delito frustrado de homicidio simple, perpetrado en abril de 2025 en dicha comuna.

La sentencia, adoptada de forma unánime por los magistrados Zoila Terán Arévalo, Francisco Galaz García y Marjorie Montero Ardiles, estableció además una condena adicional de 300 días de reclusión por el delito consumado de lesiones menos graves, junto con las accesorias legales correspondientes.

De acuerdo con los antecedentes acreditados durante el juicio, los hechos ocurrieron durante la madrugada del 13 de abril de 2025. Cerca de la medianoche, el condenado atacó con un cuchillo a una primera víctima en una plazoleta de avenida Ariztía, provocándole una herida de mediana gravedad en la zona infraclavicular derecha.

Horas más tarde, alrededor de las 02:00 de la madrugada y en las cercanías del SAR Marcos Macuada de Ovalle, el agresor volvió a utilizar un arma blanca para atacar a una segunda víctima. En esta ocasión, le propinó una puñalada por la espalda que le causó un hemoneumotórax izquierdo, lesión calificada como grave y potencialmente mortal.

Según estableció el tribunal, la víctima logró sobrevivir gracias a la rápida asistencia de sus acompañantes y a la cercanía con el centro asistencial, donde recibió atención médica oportuna. El afectado permaneció hospitalizado durante varias semanas, debió ser sometido a una pleurostomía y perdió temporalmente su fuente laboral debido a las secuelas de la agresión.

En el fallo, los jueces concluyeron que las pruebas presentadas durante el juicio permitieron acreditar más allá de toda duda razonable tanto la ocurrencia de los hechos como la participación directa del acusado en ambos delitos, desestimando así la presunción de inocencia que lo amparaba.

Asimismo, el tribunal consideró que el condenado registraba múltiples anotaciones penales previas, por lo que descartó la aplicación de la atenuante de irreprochable conducta anterior.

Junto con las penas impuestas, la sentencia ordenó el comiso del cuchillo utilizado en los ataques y dispuso que, una vez ejecutoriado el fallo, se tome una muestra biológica del condenado para incorporar su huella genética al Registro Nacional de ADN de Condenados.

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