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La Tribuna

Corte de Apelaciones mantiene en prisión preventiva a Ángela Vivanco por presunto cohecho y lavado de activos

por Stephanie Ramírez M.

Angela Vicanco / Radiofuturafm

La Corte de Apelaciones confirmó la prisión preventiva de la exministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, mientras avanza la investigación penal en su contra por presuntos delitos de cohecho y lavado de activos, en el marco del caso "Muñeca Bielorrusa".

El tribunal de alzada revisó las medidas cautelares y concluyó que los argumentos de la defensa no lograron desvirtuar los fundamentos expuestos previamente por el juez de garantía, confirmando así la medida más gravosa solicitada por el Ministerio Público.

La investigación tiene su origen en el conflicto judicial entre el consorcio Belaz-Movitec y Codelco. Según la Fiscalía, Vivanco —cuando integraba y presidía de forma subrogante la Tercera Sala de la Corte Suprema— habría intervenido para acelerar y favorecer resoluciones vinculadas a ese litigio, pese a mantener vínculos con abogados del consorcio involucrado.

La hipótesis persecutora sostiene que estas gestiones habrían tenido una contraprestación económica y que, posteriormente, se habrían ejecutado maniobras destinadas a ocultar el origen de esos recursos, configurando así el delito de lavado de activos.

"Peligro para la seguridad de la sociedad"

En su resolución, la Corte fue enfática en precisar el estándar aplicable en esta etapa procesal. Recordó que, al analizar la procedencia de la prisión preventiva, no se exige probar los hechos como en una sentencia definitiva, sino verificar la existencia de antecedentes suficientes que respalden la imputación y la necesidad de la medida cautelar.

Bajo ese marco, el tribunal estimó que, tal como está planteada la causa, la eventual libertad de Vivanco constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad de los delitos imputados y las penas que eventualmente arriesga.

Asimismo, la Corte subrayó que una revisión en alzada no implica rehacer el análisis desde cero, sino evaluar si existen elementos nuevos o errores que justifiquen modificar lo resuelto por el tribunal de primera instancia. En ese sentido, cuestionó que la defensa intentara reabrir íntegramente la discusión sin atacar de manera concreta los fundamentos del juez de garantía.

Otro de los puntos abordados fue la naturaleza progresiva de la investigación penal. El tribunal descartó que el Ministerio Público esté obligado, en esta fase, a reproducir exactamente todos los antecedentes debatidos en instancias previas, señalando que la indagatoria puede ir incorporando nuevos elementos conforme avanza el proceso.

En cuanto al fondo, la Corte rechazó analizar los hechos atribuidos a Vivanco de manera aislada. Indicó que, tratándose de delitos que suponen coordinación, resulta clave observar la existencia de un plan común y la distribución de roles, más que fragmentar las conductas como hechos inconexos.

Respecto del presunto acuerdo delictivo, el fallo recordó que este tipo de pactos rara vez se acredita mediante pruebas directas, sino a partir de indicios, patrones de conducta y reiteración de actuaciones en una misma dirección. En ese contexto, valoró antecedentes como comunicaciones, interceptaciones, georreferenciación y declaraciones reunidas por la Fiscalía en esta etapa.

Sin "blindaje" por función jurisdiccional

El tribunal también abordó la interpretación del artículo 324 del Código Orgánico de Tribunales, aclarando que si bien esta norma busca resguardar el ejercicio de la función jurisdiccional, no puede ser entendida como un escudo frente a eventuales delitos contra la probidad pública.

A ello se sumó el análisis de factores personales invocados por la defensa, como la edad, el estado de salud y el entorno familiar de la imputada. Sin embargo, la Corte sostuvo que para sustituir la prisión preventiva por estas razones se requiere acreditar que la medida se torna intolerable, umbral que —a juicio del tribunal— no se cumple en este caso.

De esta manera y de forma manera unánime, Ángela Vivanco continuará recluida en el Centro Penitenciario Femenino de San Joaquín, en calidad de imputada en prisión preventiva, mientras se desarrollan las próximas diligencias de la investigación y se evalúan eventuales recursos que pueda presentar su defensa.

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