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La Tribuna

Las claves que permitieron condenar a Jorge Rebolledo por el asesinato de María Jesús Troncoso

por María José Villagran Barra

El trabajo policial, los informes de peritos del SML y la declaración de testigos fueron cruciales al momento de dictar veredicto condenatorio.

Audiencia de veredicto de Jorge Rebolledo. / La Tribuna

Casi 15 meses debieron esperar los familiares y cercanos de María Jesús Troncoso para conocer el destino de quien, aquella fatídica mañana del 19 de octubre de 2023, le quitó la vida a la joven de 16 años.

El caso conmocionó a la comunidad de Los Ángeles no sólo porque se trataba de una adolescente sino que, también, por la brutalidad del crimen y la identidad del perpetrador: un ex carabinero que fue desvinculado de la institución tras protagonizar diversos delitos de robo en la zona. Ya había cumplido una pena después de haber sido declarado culpable por dichos ilícitos.

El juicio en contra de Jorge Rebolledo Martínez comenzó el 6 de enero pasado y su destino se conoció recién el lunes de esta semana: las juezas del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles resolvieron -por unanimidad- declararlo culpable como autor del delito de robo con homicidio.

Durante 10 días ininterrumpidos de juicio, el Ministerio Público presentó 33 testigos y una serie de documentos que permitieron finalmente dictaminar veredicto condenatorio.

LAS CLAVES QUE PERMITIERON CONDENARLO

Dentro de las piezas claves que permitieron condenar a Rebolledo Martínez están las prendas de vestir con rastros de sangre que pertenecían a la víctima y que fueron encontradas en la casa del hombre. A través de pericias de ADN se confirmó este antecedente.

Asimismo, los testimonios de testigos que vieron al condenado en el lugar del crimen y el rastro de geolocalización del celular de la adolescente asesinada fueron parte de las evidencias que permitieron encontrar culpable a Rebolledo Martínez del crimen de María Jesús Troncoso.

El trabajo efectuado tanto por las policías como por los peritos y la Fiscalía Local de Los Ángeles permitió acreditar su participación en el delito de robo con homicidio en contra de María Jesús, una adolescente cuyo trágico final generó una fuerte indignación pública.

El crimen ocurrió en octubre de 2023, cuando la joven fue atacada con un arma corto punzante en cuatro ocasiones, lo que le provocó un traumatismo torácico mortal.

El fallo de la causa da cuenta de que los informes periciales realizados por peritos del Servicio Médico Legal, detallan que las heridas perpetradas a María Jesús fueron descritas como vitales, recientes y de tipo heteroinferidas; es decir, infligidas por otra persona.

La adolescente fue encontrada en un estado que evidenciaba la violencia del ataque: envuelta en una frazada, amarrada de manos y pies con cintas de tela y desprovista de su dinero y teléfono celular.

Los testimonios presentados durante el juicio fueron determinantes para reconstruir los hechos. Testigos clave vieron a Rebolledo Martínez en las cercanías del lugar del crimen en las horas posteriores al ataque, mientras que otros lo ven llegar -en horas de la mañana- al condominio donde él y María Jesús residían. Hay que recordar que víctima y victimario eran vecinos.

Las cámaras de seguridad también hicieron lo suyo al registrar sus movimientos, corroborando su presencia en el área. Además, la madre de la víctima confirmó la desaparición de las pertenencias de su hija, incluyendo el teléfono que posteriormente fue rastreado y vinculado al acusado.

Uno de los elementos más contundentes de la acusación fue el análisis de las prendas de vestir del imputado.

En su domicilio, los peritos encontraron un polerón gris con manchas de sangre en ambas mangas. Al ser sometidas a pruebas bioquímicas y genéticas, se determinó que la sangre correspondía a la víctima; este hallazgo no dejó espacio para la duda sobre la participación de Rebolledo Martínez en el crimen.

Durante el juicio, también se presentó como prueba la confesión del acusado, quien admitió su responsabilidad en el hecho.

A pesar de que la Defensa de Rebolledo intentó invalidar esta declaración, argumentando supuestas vulneraciones a las garantías constitucionales de su representado, el tribunal desestimó estas acusaciones por falta de pruebas contundentes.

En este contexto, en el fallo se explicó que no se evidenciaron irregularidades en el procedimiento que justificaran excluir la confesión como elemento probatorio.

"De esta manera, ha quedado acreditado que se cometió el delito de Robo con Homicidio, ilícito descrito y sancionado en el artículo 433 N°1 en relación con el artículo 432 del Código punitivo, toda vez que se reúnen los requisitos normativos de dicho tipo penal, correspondiéndole al acusado, responsabilidad en calidad de autor conforme lo dispone el artículo 15 N°1 del Código Penal", sostiene el fallo.

De este modo, el tribunal también rechazó la teoría de la defensa que buscaba clasificar el delito como un robo con violencia seguido de homicidio simple.

En su lugar, consideró que el asesinato fue instrumental para concretar el robo, configurando así el delito de robo con homicidio. Esta conexión entre ambos actos fue clave para establecer la gravedad del crimen y la responsabilidad del acusado como autor.

La audiencia de comunicación de la sentencia quedó programada para las 14 horas del lunes 3 de febrero próximo.

La lectura de la sentencia se realizará el próximo 3 de febrero, momento en el que se conocerá la pena que deberá cumplir el acusado. De acuerdo con la legislación chilena, el delito de robo con homicidio está penado con presidio perpetuo, lo que podría implicar que Rebolledo Martínez pase el resto de su vida en prisión.

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