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Detenidos con más de diez kilos de cocaína base seguirán en la cárcel

por Prensa La Tribuna

La defensa de los acusados pretendía mediante acciones judiciales que se invalidara el juicio y la sentencia, por los hechos que quedaron al descubierto el 6 de febrero del año 2023 a eso de las 20 horas en la intersección de calles Bombero Rioseco con profesora Amanda Labarca en Los Ángeles.

Detenidos con más de diez kilos de cocaína base seguirán en la cárcel / La Tribuna

Hace poco más de un año, en febrero del 2023 se dio a conocer el caso de un operativo antidrogas realizado por la Unidad Especializada Antidrogas O.S.7 de Los Ángeles, tras la incautación de diez kilos de pasta base avaluada 50 millones de pesos y casi 50 mil dosis, según la información de Carabineros.

A raíz de este caso, los imputados en esa oportunidad quedaron en prisión preventiva por instrucción de la Fiscalía Local de Los Ángeles, y donde finalmente el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal resolvió sentenciarlos a fecha del 12 de diciembre del 2023, a siete y cinco años de presidio en calidad de coautores del delito consumado de tráfico de drogas.

Recientemente, se dio a conocer que la defensa de los acusados presentó un recurso de nulidad para las causas, lo que fue rechazado de forma unánime por la Corte Suprema, por lo que los autores del delito identificados como Víctor Alfonso Pino Muñoz y Jorge Alejandro Urrutia Quintana, quedaran en prisión.

La defensa por su parte, presentó el recurso indicando que los funcionarios policiales al momento de la detención, se excedieron en sus atribuciones de actuación autónoma, no respetando las normas de control; pidiendo así que se invalidara el juicio y la sentencia, y se dispusiera la realización de un nuevo juicio ante Tribunal no inhabilitado.

Por su parte y raíz de esto, la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros y ministras Manuel Antonio Valderrama, María Teresa Letelier, Juan Manuel Muñoz Pardo, Dobra Lusic y el abogado (i) Eduardo Morales- descartó infracción al debido proceso en el control de identidad practicado a los recurrentes, derivado de un control y registro vehicular.

El fallo señaló que "del mérito de los antecedentes expuestos, se colige que los funcionarios de Carabineros, en primer término, se encontraban realizando controles vehiculares, que divisaron un automóvil que no respetó un signo Pare, por lo que se adoptaron las medidas para su fiscalización".

"Una vez que el vehículo detuvo su marcha -prosigue-, al fiscalizar al conductor del móvil en el marco de un control vehicular, Carabineros advirtió que el copiloto realizó un gesto de tomar u ocultar ‘algo’, correspondiendo ese ‘algo’ a un cooler, el que contenía una mochila y al abrir la puerta del vehículo, se advirtió un fuerte olor a químico, característico a pasta base de cocaína, por lo que al revisar la mochila que se pretendió tomar u ocultar, se produjo el hallazgo de paquetes de cocaína", indicaron de aquella oportunidad.

Una vez determinado el procedimiento por los agentes policiales y efectuar los controles de identidad correspondientes, esclarecidos por los relatos y testigos, en el mismo fallo de la corte Suprema señalaron que "tales circunstancias, analizadas en su conjunto, en cuanto las mismas son de carácter objetivo y, por lo demás, verificables, permiten estimar que en la especie estamos en presencia de un indicio que posee la fuerza y coherencia necesaria para facultar a los agentes policiales a efectuar un control de identidad a los impugnantes, validando con ello su actuar, en cuanto constituyen una información concreta acerca de la posible -presumible- realización de una conducta delictiva".

De acuerdo a la resolución judicial, se rechazó el recurso de nulidad deducido por la defensa de los acusados Víctor Alfonso Pino Muñoz y Jorge Alejandro Urrutia Quintana, quienes además en esa oportunidad fueron decomisados un total de diez paquetes rectangulares envueltos en papel aluminio y cinta adhesiva transparente contenedores de un total de 10 kilos, 320 gramos de pasta base de cocaína. Lo anterior, sin contar con autorización legal.

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