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La Tribuna

Condenan al fisco a pagar 300 millones a familia de Sergio Mardoff: Estuvo tres años en SML como NN

por Cristian Salazar Ramírez

El fallo estableció la falta de servicio del Ministerio Público y del Servicio Médico Legal, por no haber realizado diligencias de cotejo que habrían permitido identificar el cuerpo.

Corte de Apelaciones Concepción / Redes sociales

El Segundo Juzgado Civil de Concepción acogió demanda de perjuicios y condenó al fisco a pagar una indemnización total de $300 millones de pesos por concepto de daño moral, a los padres y hermanos de Sergio Mardoff, joven que desapareció en marzo de 2005 y cuyo cuerpo estuvo por más de tres años como NN, en el Servicio Médico Legal.

En el fallo, el magistrado Adolfo Depolo Cabrera estableció la falta de servicio del Ministerio Público y del Servicio Médico Legal, por no haber realizado las diligencias de cotejo que habrían permitido identificar el cuerpo del joven desaparecido, y que fue encontrado en abril de 2015.

El fallo indicó que "conforme a la prueba rendida en estos autos, consistente en prueba documental y testimonial, es posible constituir indicios graves, precisos y concordantes entre sí, en los términos de los artículos 1712 del Código Civil y 426 del Código de Procedimiento del ramo, para construir, mediante un proceso lógico deductivo, una presunción judicial con mérito probatorio suficiente para los efectos de establecer que, en la administración y custodia del sistema nacional de registros de ADN, tiene cabida el Servicio Médico Legal, específicamente en el ingreso de la información. Así, habiéndose otorgado de manera voluntaria, muestras biológicas por la familia Mardoff Peirano, el año 2005 (previo a la creación del sistema nacional de Registros de ADN), con el fin de facilitar el cotejo ante un eventual hallazgo de evidencia, es posible concluir que el actuar del Servicio Médico Legal de Concepción ha sido omisivo, negligente y erróneo, toda vez que, tan pronto se creó el Registro de ADN de Familiares de Desaparecidos en el año 2008, debieron haber al menos contactado a la familia, con el fin de recopilar nuevas muestras biológicas y tenerlas a su disposición ante un eventual hallazgo con el fin de efectuar el cotejo y una identificación expedita del cuerpo".

A lo anterior se agregó que  "es necesario destacar que la presente acción de responsabilidad del Estado se ejerció con fecha 20 de diciembre de 2019 (un año y tres meses después de que tomaron conocimiento de que los restos de don Sergio Mardoff Peirano se encontraban en el SML Concepción) y que, la litis se trabó con fecha 17 de marzo de 2020, tal como da cuenta el estampe de receptor de folio 12. Que, en concordancia con lo indicado, no es posible determinar que se cumpla el plazo de inactividad de cuatro años a que hacen referencia los artículos 5 inciso segundo de la Ley 19.640 y 2332 del Código Civil, toda vez que la Litis se trabó un año y cinco meses tras el evento lesivo o dañoso. Por ende, corresponde que este sentenciador deseche la excepción perentoria de prescripción opuesta por la demandada en su escrito de contestación de folio 13", concluye.

De esta forma se resolvió que "se acoge la demanda interpuesta a folio 1, en consecuencia, se declara la responsabilidad extracontractual del Fisco de Chile y se condena al mismo a pagar la suma total de $300 millones de pesos, lo que se desglosa de la siguiente manera: $100.000.000 a don Sergio Mardoff Silva por concepto de indemnización por daño moral; $100.000.000 a doña Edda Peirano Jofré por concepto de indemnización por daño moral; $50.000.000 a doña Edda Mardoff Peirano por concepto de indemnización por daño moral; y $50.000.000 a doña Paola Mardoff Peirano, por concepto de indemnización por daño moral; con los reajustes e intereses señalados en el motivo trigésimo primero de esta sentencia".

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