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La Tribuna

Tribunal condena a profesor de cueca acusado de abuso a menores

por Glenda V. Ahumada Gutiérrez

El hombre fue absuelto de otros delitos de connotación sexual cometidos contra niños de Tucapel, por lo que familiares de los menores anunciaron que apelarán a la decisión del tribunal.

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El fiscal jefe de Yungay, Mario Lobos Ortiz, informó que el Tribunal Oral en lo Penal de Chillán dictó veredicto condenatorio en contra de Alejandro Garcés Cereceda, por delitos de abuso sexual en perjuicio de dos niños, quienes eran sus alumnos de clases de cueca, en la comuna de El Carmen, región de Ñuble.

Los ultrajes los cometió aprovechándose de la confianza que generaba en las víctimas, a quienes les impartía clases de cueca, indica la acción legal que sigue en curso.

El fiscal explicó que el acusado fue condenado por un hecho ocurrido, en febrero de 2017, en la comuna de El Carmen y por otros dos hechos, ocurridos en 2015, en contra de otro niño, en la misma comuna.

En el año 2019, la Municipalidad de Tucapel presentó una querella, que se declaró admisible en el Juzgado de Garantía de Yungay, y luego en 2020, se solicitó la prisión preventiva del imputado.

La Fiscalía, entendiendo la gravedad de los hechos por los cuales fue formalizado el imputado, el número de delitos y la reiteración de éstos en el tiempo, solicitó la medida cautelar de prisión preventiva, ya que consideró que la libertad del imputado constituía un peligro para la seguridad de la sociedad.

El profesor de cueca fue absuelto de otros delitos de connotación sexual en contra de las mismas víctimas, y también en contra de otros niños y una niña domiciliados en la comuna de Tucapel, en la región del Biobío., puntualizó Mario Lobos.

Diario La Tribuna tomó contacto con la familia de la niña víctima de abusos de este sujeto, quienes declararon que no sabemos por qué fue absuelto, nosotros vamos a apelar a la decisión del Tribunal, no se va a quedar así, porque todas las pruebas son efectivas, los informes que hicieron tanto psicólogos como del Servicio Médico Legal prueban que mi hija fue abusada.

El tipo presentó testigos que declararon, amigos de él y todos mintieron, se dieron vueltas, nosotros llegaremos hasta la última instancia, por lo que hizo este hombre, nos da miedo de que no pague con cárcel o que le den cinco años y después salga a hacerle lo que le hizo a nuestros niños, manifestó la mamá de una niña afectada. 

Respecto a las consecuencias de estos vejámenes en la víctima, su familia indicó ella ya no tiene amigos, se alejó de todo, se encerró, no quiere salir, a nosotros también nos afecta, señalaron.

Asimismo, María Fernanda Medina, directora de Seguridad Pública de la Municipalidad de Tucapel, y abogada, señaló respecto a la sentencia dictada el pasado viernes que esperamos como municipio que se aplique el rigor de la ley y el máximo de las penas que la ley contempla para este tipo de ilícitos.

En caso de que la sentencia determine penas muy bajas o insuficientes, la Municipalidad de Tucapel evaluará tomar acciones conjuntas, o bien, que se replanteen los casos de los niños víctimas de dicha comuna. Sin perjuicio de lo anterior, se informó que el apoyo a los niños afectados y sus familias continúa. 

La lectura de la sentencia quedó programada para el miércoles siete de septiembre próximo, donde se conocerá la condena a la cual será sometido Alejandro Garcés por los delitos cometidos a niños de El Carmen.

JUICIOS CON PERSPECTIVA DE GÉNERO

María Lorena Rossel, es académica investigadora de Derecho de UDLA y respecto a los juicios con perspectiva de género señala que, este concepto parece ser extraño a nuestra legislación, y que erradamente se cree que es contrario al principio de igualdad ante la ley, no obstante, ha sido considerado como un elemento esencial en tratados internacionales, que desde la década del 90, identificaron que las mujeres eran víctimas de estereotipos, prejuicios y prácticas consuetudinarias que las hacían más vulnerables a sufrir ciertos tipos de violencia basada en su género, provocando su muerte, daño o sufrimiento físico, sexual y psicológico.

Así, la Convención sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación en Contra de la Mujer (Cedaw) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar Todas las Formas de Violencia en Contra de la Mujer (Belén Du Pará), ambos tratados internacionales de los que Chile es parte, imponen al Estado a adoptar las medidas necesarias para erradicar y sancionar la violencia en contra de la mujer, como asimismo al Poder Judicial la necesidad para garantizar la investigación sobre las causas, consecuencias y frecuencia de la violencia contra la mujer, de modo de hacer los cambios necesarios para asegurar medidas eficaces en contra de dicha violencia cuando se enjuicia a una persona.

De esta manera, remarcó la académica, desde el 2017 el Poder Judicial chileno cuenta con una Política de Igualdad de Género y no Discriminación que implica promover el principio de igualdad y no discriminación, tanto entre quienes integran la institución como asegurar el acceso a la justicia de mujeres o personas que, por su identidad de género u orientación sexual, se encuentran en especial situación de desventaja o vulnerabilidad.

Según esta política, juzgar con perspectiva de género implica tomar en consideración las distintas situaciones que experimentan las personas, de manera de identificar las brechas y no perpetuar, con su accionar, desigualdades y discriminaciones existentes que obstaculizan el acceso efectivo a la justicia, indicó.

En la sentencia recientemente conocida contra Martín Pradenas, juzgar con perspectiva de género fue un elemento crucial en su resolución. En el juicio, se prescindió de la declaración de una de las víctimas, Antonia Barra, en atención a que ella falleció producto de la depresión que la afectó, luego de la violación de la que fue víctima.

Además, se tomó en cuenta la afectación psicológica de las seis víctimas con posterioridad a los hechos, esto es, el estrés post traumático que sufrieron, como también los sentimientos de culpa, ansiedad y el miedo a declarar.

Todos estos antecedentes fueron claves para probar la responsabilidad de Pradenas en los hechos investigados, e implica un gran avance para Chile en materia de cómo juzgar con perspectiva de género.

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