Policial y Judicial

Este viernes comienzan a regir modificaciones a uso de silla para menores en vehículos

Informar en torno a cuál es la silla más apropiada para su hija o hijo de acuerdo a la edad, talla, peso y certificación, entre otros aspectos.

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16-03-2017_20-32-36web / FUENTE:

A contar de la medianoche de este viernes comenzó a regir la modificación a la Ley de Tránsito en torno al uso obligatorio de las sillas de retención infantil para menores de hasta 9 años, inclusive.  

Antiguamente, el uso de sillas era obligatorio para menores de hasta 4 años de edad; a contar de hoy, el sistema de retención infantil incluye a pequeños de hasta 9 años, incorporándose aspectos adicionales como la talla, el peso y la edad.

Ahora, ¿cuáles son los aspectos relevantes que hay que considerar en esta materia?

Un aspecto importante al momento de adquirir una silla, es que ésta debe estar certificada, no sólo por la norma chilena sino que también por la europea y norteamericana.

Otro dato relevante es que la silla que adquieran los padres se adecúe a la capacidad del vehículo y se cercioren que el sistema de anclaje concuerde con el de su automóvil.

El jefe de la Sección Investigadora de Accidentes de Tránsito (SIAT) de Carabineros de Biobío, capitán Erwin Orellana, explicó que la Ley de Tránsito ya había sido modificada el 16 de marzo del año pasado.

Desde esa fecha en adelante, obliga a todos los menores de 12 años a ir sentados en el asiento trasero del vehículo.

“Esto no aplica para los vehículos de una cabina simple por razones de que tienen un solo asiento en la parte delantera, pero en los demás vehículos aplica para todo el país”, puntualizó el oficial.

Desde la medianoche de este viernes, entró en vigencia el segundo paso y que dice relación con que los menores de hasta 9 años deben –por obligatoriedad- trasladarse en un sistema de retención infantil.

Asimismo, Orellana relató que el origen de esta modificación parte “por los planes mundiales de seguridad vial. Las Naciones Unidas, que en definitiva une a la gran mayoría de los países, está muy preocupada por la cantidad de fallecidos” a consecuencia de accidentes en el tránsito.

A nivel país, fueron cerca de 1.600 las personas que perdieron la vida a consecuencia de un accidente. Sólo en la provincia de Biobío, la cifra alcanzó las 52 víctimas fatales.

Estas estadísticas incluyen muchos menores que están involucrados en este tipo de incidentes; es más, “las muertes por accidentes en el tránsito son la principal causa de fallecidos en menores de 1 a 14 años”, explicó Orellana.

En virtud de ello es que Carabineros de Chile, a través de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset), impulsan  campañas orientadas a reducir la cantidad de fallecidos.

De ahí también nace la preocupación permanente porque los ocupantes de un vehículo utilicen los sistemas de seguridad pasivo, como el cinturón de seguridad en el caso de los adultos, y la utilización de sistemas de retención infantil, obligatorio a contar de este viernes.

En cuanto a las características que deben cumplir tanto las sillas como los alzadores, los padres pueden ingresar a la página web de la Conaset (www.conaset.cl), donde se podrán informar en torno a cuál es la silla más apropiada para su hija o hijo de acuerdo a la edad, talla, peso y certificación, entre otros aspectos.

FAMILIAS CON TRES O MÁS HIJOS PEQUEÑOS

¿Qué pasa con aquellas familias que tienen tres o más hijos pequeños? “La ley no contempla ninguna excepción”, sostuvo Orellana.

En este sentido, la ley es clara. Todo menor de 9 años inclusive debe hacerlo a bordo de una silla de retención infantil.

“Sabemos que hay familias que son numerosas, que tienen más de tres hijos. La verdad es que el uso de la silla en la modificación de la Ley no contempla esa situación”, explicó el oficial.

Asimismo, explicó que una vez entrada en vigencia esta modificación, no existe marcha blanca ya que –desde el año pasado- se les comenzó a informar a los padres en torno a la modificación de la ley de tránsito en esta materia.

FISCALIZACIÓN

La Ley de Tránsito clasifica las distintas faltas como gravísimas, graves, menos graves y leves.

Con la modificación que comenzó a regir a contar de este viernes, transportar a un menor sin sistema de retención infantil será considerado una infracción gravísima, es decir, constituye una falta tan grave como no respetar un disco Pare o la luz roja de un semáforo.

Las multas por no dar cumplimiento a esta normativa alcanzarán las 3 UTM; es decir, más de 139 mil pesos. Sin embargo, más allá de la infracción, el tema de fondo es velar por la seguridad de los más pequeños.

En caso de sorprender a una persona que transporta a su hijo sin la silla, “tenemos el imperativo legal de cursar la infracción, de notificar primero al tribunal”, explicó Orellana.

Para fiscalizar esta modificación, personal policial realizará controles vehiculares a diario, tanto por parte de la SIAT como de la Sección de Carreteras que funciona a la altura del kilómetro 476 de la Ruta 5 Sur.

Asimismo, detalló que la Prefectura N° 20 de Carabineros de Biobío también cuenta con personal abocado a las funciones de tránsito, además de motoristas dedicados a lo mismo.

“Las 5 unidades y sus respectivos destacamentos van a proceder a fiscalizar esta Ley de tránsito, dentro de todas las leyes que también fiscalizamos también tenemos que velar por esta modificación a la Ley”, puntualizó el oficial.

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