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Columnista

Saber por qué pago lo que pago en contribuciones

Gonzalo Polanco

Director Centro de Estudios Tributarios
Facultad de Economía y Negocios Universidad de Chile

por Gonzalo Polanco

Se ha vuelto a levantar la polémica por el pago de las contribuciones de bienes raíces. Y es que, en días recientes, han aparecido cartas en los diarios que indican que el monto a pagar por este concepto aumenta, en circunstancias que sus ingresos se han reducido, especialmente, después de jubilar; además de reportajes en los que se da cuenta de un incremento considerable de los avalúos. Hay quienes, por ejemplo, se preguntan por qué si sus propiedades han disminuido de precio, sus avalúos aumentan.

Este ambiente ha dado pie a que se vuelva a discutir sobre la viabilidad de la propuesta de eximir a las primeras viviendas del pago de este impuesto.

El año pasado se recaudaron $2.529.081.000.000 por Impuesto Territorial. De esa suma, el 60,63% financió el Fondo Común Municipal, que distribuye sus recursos a los municipios de menores recursos, y la diferencia se quedó en las comunas donde se recaudó. Por tanto, cualquier propuesta que implique una disminución significativa de estos recursos para las municipalidades debería ir acompañada de un plan viable para compensar estos montos. 

Al no existir por el momento dicho plan, debemos aceptar que el impuesto nos seguirá acompañando, y por muchos años. Y es aquí donde aparecen las oportunidades de mejorar el proceso.

A diferencia de otros impuestos, como la Renta o el IVA, en los que el contribuyente autodetermina el monto adeudado, en el impuesto territorial dicha posibilidad no existe. Es la autoridad tributaria la que indica el monto a pagar. El contribuyente es notificado de la suma y tiene -al menos en teoría- la posibilidad de reclamar sobre el acto administrativo de determinación, pero en los hechos, la posibilidad de hacerlo es muy restringida.

La determinación del avalúo fiscal considera el valor del terreno y la construcción. A su vez, cada una de estas dos variables toma en cuenta otros aspectos. En el caso de la construcción, por ejemplo, influirá el tamaño, la calidad de la construcción y la antigüedad.

También, el SII libera antes de cada proceso de reavalúo antecedentes necesarios para la determinación del impuesto. Así lo hizo, por ejemplo, en la Resolución N°143 de diciembre de 2021. El monto por pagar se traduce en una fórmula, y dicha fórmula se conoce a través de las resoluciones del SII, pero el contribuyente desconoce cómo jugó cada uno de los elementos de esta para llegar al número que afecta a cada contribuyente. Se sabe que una construcción de hormigón implicará un pago superior a una de madera, pero no se sabe en cuánto.

Para una persona sin conocimientos especializados, no es posible en base a los antecedentes que son de conocimiento público llegar a la determinación del monto que debe pagar. Por tanto, solo queda reclamar sin tener claro sobre qué, o bien, aceptar lo que ha indicado la autoridad.

Este hecho atenta seriamente contra la legitimidad del impuesto. Los sistemas impositivos descansan, en buena medida, en el cumplimiento voluntario, y este depende de que los contribuyentes estimen que pagan lo justo. Si no comprenden por qué aumentó el monto del impuesto a pagar, comenzarán a rehuir el pago, seguramente a través de maniobras elusivas.

Falta educación, pero, sobre todo, información clara. Un aplicativo que, al igual que los asistentes que pone a disposición la autoridad, permita establecer con facilidad el monto a pagar, avanzando de esta manera hacia una determinación en que el contribuyente juegue un rol más activo, proporcionando información verificable y de manera asistida, para que logre entender por qué paga lo que paga. De esta manera, entregaríamos mayor legitimidad al sistema.

Gonzalo Polanco

Director Centro de Estudios Tributarios

Facultad de Economía y Negocios Universidad de Chile

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