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La Tribuna
Columnista

Inclusión Laboral: una cuestión de derechos

Leslia Jorquera

María Isabel Robles,
directora de Fundación Rostros Nuevos
Hogar de Cristo.

por Leslia Jorquera

El trabajo es primordial para todos sin distinción, porque además de la satisfacción de necesidades económicas personales y familiares, es una herramienta de participación social.

En junio pasado, Chile saldó una deuda relevante en materia de inclusión de personas con discapacidad, promulgando la ley 21.015 de inclusión laboral, que provee y salvaguarda el derecho al trabajo de personas con discapacidad, cuidando las condiciones para su ejercicio pleno. En su oportunidad, recibimos esta noticia con mucha satisfacción y quedamos a la espera de un aspecto tan esencial como la ley: el reglamento específico para asegurar una implementación adecuada y robusta de la misma.

El 1 de febrero finalmente se publicó en el Diario Oficial ese texto regulatorio, haciendo impostergable su implementación a partir de este mes de abril, lo cual nos plantea un tremendo desafío como sociedad y, particularmente, a las empresas, algunas de las cuales han sido punta de lanza en recorrer este camino, mientras otras recién inician su proceso a partir de la ley.

¿Qué sabemos en términos generales sobre esta legislación?

Que su contexto es la Ley 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad en Chile y se enmarca en nuestra legislación laboral vigente. También sabemos que fija un estándar de inclusión laboral respecto de empresas con más de 100 trabajadores, donde el 1% del total de trabajadores deben ser personas con discapacidad, contratadas en igualdad de condiciones laborales, sin discriminación por su condición.

Destacamos de sus reglamentos aspectos como la selección preferente, los resguardos e indicaciones para cautelar procesos de selección transparentes y no discriminatorios, la necesidad de ocuparse en concreto de los apoyos y ajustes razonables en el proceso de selección y, posteriormente, durante su desarrollo laboral. Destacamos también que de manera explícita se establezcan plazos para evaluar su implementación, lo que permitirá realizar correcciones a la misma, reforzar avances y seguir ampliando su cobertura, entre otros.

Como sociedad tenemos que comprender el importante avance para nuestro país que significa esta legislación, no sólo porque acorta la brecha de inclusión laboral entre las personas con discapacidad respecto de las sin discapacidad, sino porque apunta a un componente fundamental para mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus familias: poder contribuir y aportar con su trabajo y sus capacidades a la construcción y desarrollo de nuestro país.

El trabajo es primordial para todos sin distinción, porque además de la satisfacción de necesidades económicas personales y familiares, es una herramienta de participación social y un impulso al desarrollo de la autoestima y la identidad.

En síntesis, si bien los resguardos legales son necesarios para asegurar condiciones de igualdad y evitar discriminaciones y como nunca antes contamos con una marco regulatorio ad-hoc, debemos ocuparnos como sociedad de respetar el espíritu de esta ley.

¿Cómo? Generando buenas e innovadoras prácticas de inclusión, resolviendo proactivamente las trabas y dificultades que se vayan presentando, estando atentos a la necesidad de armonización y mejoramiento de las distintas políticas públicas -transporte, vivienda, salud, educación, capacitación- para asegurar el éxito de implementación de esta ley, que marca una nueva etapa. Este es un desafío para todos, pero en particular para las empresas, porque las desafía con nuevas miradas y estándares, como los propuestos por las Naciones Unidas en torno al vínculo cada vez más necesario entre ellas y una perspectiva de derechos humanos aplicada a su quehacer.

  

María Isabel Robles

Directora de Fundación Rostros Nuevos

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