Opinión

La relevancia del rotulado para los consumidores

Juan Pablo Pinto

Director Sernac

Región del Biobío

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29-04-2016_19-37-32JuanPabloPintoGeldrez / FUENTE:

Es indispensable generar una cultura de seguridad entre los consumidores y evitar riesgos innecesarios. Porque la seguridad es tarea de todos.

De acuerdo a un estudio realizado de manera reciente por una institución de educación superior, siete de cada 10 personas leen el etiquetado de los alimentos y el 50% de ellos reconoce que éste influye en la compra final que realiza.

Una de las preocupaciones permanentes del Sernac es velar por el derecho a la seguridad que tienen los consumidores al momento de realizar una compra o contratar un servicio.

No debemos olvidar que la Ley del Consumidor establece precisamente el derecho a la seguridad en el consumo y obliga a las empresas a ofrecer productos y servicios que no dañen la salud de las personas o que impliquen algún riesgo.

La seguridad en el consumo también implica que los productos deben estar correctamente rotulados. Además, la información presente no debe inducir a error o engaño a los consumidores y debe ser posible de comprobar.

Las empresas están obligadas a informar sobre el potencial peligro de un producto y las advertencias e indicaciones necesarias para su empleo, y en caso que se detectara la peligrosidad de un producto que ya puso a la venta, debe ponerlo en conocimiento de la autoridad competente.

En materia de alimentos, los consumidores tambiénderechoa consumir productos sin miedoa que éstos puedan dañar su salud, y lasempresasla obligación de tomar todas las medidas necesarias paragarantizar su seguridad.

Si detecta una irregularidad en algún alimento, debe denunciar este hecho a la autoridad sanitaria competente, que tras una investigación, determinará los sumarios o sanciones para la empresa, además de entregar las pruebas que pueden apoyar su derecho a exigir las indemnizaciones o compensaciones en el tribunal si corresponde.

En definitiva, la seguridad es un tema relevante y debe ser considerado como tal. En este sentido, es indispensable generar una cultura de seguridad entre los consumidores y evitar riesgos innecesarios. Porque la seguridad es tarea de todos.

Recuerde que las etiquetas deben informar:

  1. Nombre del alimento.
  2. Contenido neto y peso drenado.
  3. Nombre o razón social y domicilio del fabricante, envasador, distribuidor o importador del alimento.
  4. País de origen.
  5. Número y fecha de resolución y el nombre del Servicio de Salud que autoriza el establecimiento que elabora o envasa el producto o que autoriza su internación al país.
  6. Fecha de elaboración o fecha de envasado del producto, la cual debe incluir como información básica y obligatoria, el día (mediante dos dígitos), el mes (mediante dos dígitos o las tres primeras letras del mes) y el año (mediante los dos últimos dígitos)
  7. Fecha de vencimiento o plazo de duración del producto.

Juan Pablo Pinto

Director Sernac

Región del Biobío

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