Opinión

El estado de la excepción laboral

Leonardo Holgado Vargas
Docente escuela de Derecho
Universidad Central

26-11-2015_21-53-57LeonardoHolgado,
26-11-2015_21-53-57LeonardoHolgado / FUENTE:

 La democracia tendrá bases sólidas y podrá provocar la adhesión de la sociedad civil, sólo si parte por entregar herramientas eficaces para equilibrar la desigualdad allí donde esta surge: en el espacio de trabajo, donde vivimos más de un tercio de nuestras vidas ‘reales’.

 La excepcionalidad, que ha sido un tópico muy frecuente en la imaginación de nuestra identidad nacional, hoy por hoy, se va consolidando como una realidad: el Estado que surgió de la Constitución del ’80 consagra más derechos que garantías jurisdiccionales para ejercerlos; los Códigos legales no se alinean con los valores de la Carta Fundamental ni a los que se le adicionan por medio de la puesta en vigencia de Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos (Bloque de Constitucionalidad); la economía ‘social de mercado’ parece articular una multiplicidad de colusiones y fraudes ideológicos de élites sectarias, que se apropian de gran parte de la renta nacional; las relaciones laborales ya no diferencian entre obreros y empleados, pero si lo hacen entre trabajadores y funcionarios, de suerte que no deba extrañar que contra todo pronóstico, en el mundo postmaterial que vivimos e, inclusive, contra toda expresa prohibición constitucional, de seguridad y legal, el servicio más paradigmáticamente público de todo el sector público (¡el Registro Civil!) vivió  más de 30 días en paro, provocando toda clase de altisonancias en la discusión.

La contradicción de una autoridad que propone reformar las relaciones colectivas laborales privadas y no parecer aplicar los mismos principios frente a sus funcionarios es evidente.

Una viable solución de la contradicción puede observarse en  lo resuelto por el Máximo Tribunal en su supremazo Rol N° 10.972-2013, cuando señaló que la vigencia de los Derechos Fundamentales serían “ejes vertebradores de unas relaciones laborales plenamente democráticas”, no debieran caber mayores dudas sobre la urgencia de reformar nuestro ordenamiento para consagrar al más alto nivel jurídico los más específicos derechos laborales para todo/a ciudadano/a que preste servicios personales subordinados y dependientes: derecho a una remuneración justa, derecho a resistir el trabajo en condiciones oprobiosas y derecho al conflicto colectivo.

La democracia tendrá bases sólidas y podrá provocar la adhesión de la sociedad civil, sólo si parte por entregar herramientas eficaces para equilibrar la desigualdad allí donde esta surge: en el espacio de trabajo, donde vivimos más de un tercio de nuestras vidas ‘reales’.

Leonardo Holgado Vargas

Docente escuela de Derecho

Universidad Central

 

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