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La Tribuna
Columnista

Derechos ante giras de estudios

Leslia Jorquera

Malva Rivas

Directora (s) Regional del Sernac

Región del Biobío

por Leslia Jorquera

Los padres y apoderados deber exigir las promesas por escrito y guardar los soportes publicitarios en caso de cualquier incumplimiento.

 A pocas semanas de que termine el año, muchos padres y apoderados están buscando contratar los servicios de alguna agencia de viaje para la gira de estudios de sus hijos.

La idea es que esta experiencia no termine en una decepción, y es por ello que el Sernac recuerda que en este aspecto existen derechos como consumidores.

En primer lugar, tienen derecho a saber qué están pagando y recibir información verdadera y oportuna sobre las características relevantes del viaje de estudios. Esto es,  el costo final, los destinos y lugares, duración, itinerario, alojamiento, transporte, alternativas en caso de fallas mecánicas, detalles del alojamiento, entre otros.

Cabe recordar, que todo lo que se acuerda en el contrato y se promete en la publicidad, debe cumplirse.

Por su parte, las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que el servicio sea seguro, lo que incluye por ejemplo, contar con todos los permisos del vehículo si el viaje es en bus.

Asimismo, las agencias deben responder directamente frente al consumidor aunque haya actuado como intermediaria de otras empresas, tal como lo ha corroborado la Justicia en varios casos. Los consumidores depositan su confianza en una agencia y ésta debe responder por el servicio comprometido.

Ahora si una empresa no cumple lo ofrecido, entrega un servicio de mala calidad o inseguro, los consumidores tienen derecho a exigir las indemnizaciones por todo el daño causado, desde el costo del viaje si no se realizó hasta las molestias.

Por eso es importante que los consumidores recuerden que siempre deben contratar en el comercio establecido, tanto para exigir sus derechos como para no arriesgar a los alumnos con servicios inseguros.

También los padres y apoderados deber exigir las promesas por escrito y guardar los soportes publicitarios en caso de cualquier incumplimiento.

En caso de estafa, los afectados deben hacer la denuncia ante la PDI y Fiscalía para que persigan estos hechos.

Hay que recordar, que la Ley de Protección del Consumidor se hace cargo de materias tales como incumplimiento de las empresas, publicidad engañosa, cláusulas abusivas, pero no tiene alcance para quienes se dedican a estafar.

Malva Rivas

Directora (s) Regional del Sernac

Región del Biobío

 

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