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La Tribuna
Columnista

Vehículos de emergencia no deben pagar en los peajes

Cristian Delgadillo Rosales

José Pérez Arriagada,
Diputado de la República

por Cristian Delgadillo Rosales

Es especialmente importante y deseo manifestar mi gran interés para que rápidamente se promulgue el Proyecto de Ley de exención de pago de peajes para los vehículos de emergencia y que se modifique la Ley de Concesiones de Obras Públicas, incorporando la obligación de los concesionarios que asegure el tránsito libre y fluido de dichos vehículos de emergencia.

Así lo señalé esta semana en la Cámara Baja, momento en que discutimos este Proyecto de Ley tan relevante. Cuántas veces hemos visto que las ambulancias, por ejemplo, tienen dificultad y pierden tiempo al pasar por estos peajes y eso en algunas ocasiones, con consecuencias fatales, de alguien que está esperando la atención médica urgente.

Hace mucho tiempo que esto debiera estar sancionado; recordemos que en el mes de septiembre del año 2011, el Ministro de Obras Públicas de este entonces firmó un protocolo con la Asociación de Concesionarios de Obras de Infraestructura Pública, para asegurar el libre tránsito de vehículos de emergencia en carreteras y evitar que estos se detuviesen para cancelar peaje.

Se pretendía con ello garantizar un tránsito ágil y fluido para este tipo de vehículos cuando se dirigiesen en auxilio de terceros.

Por desgracia, no se logró el objetivo deseado.

Es indiscutible que, de una vez por todas, los vehículos de emergencia utilizados por Bomberos, Carabineros, Servicios de Salud públicos y privados, Policía de Investigaciones, brigadas de Conaf y otros que transitan por las vías concesionadas en sus desplazamientos, de ida y regreso, a los diversos requerimientos urgentes de la población, cuenten con facilidades tales que les permitan evitar que su paso por plazas de peaje sea impedido o dilatado por no contar con el dinero suficiente para cancelar la tarifa, o simplemente demorado su desplazamiento por tener que persuadir a los funcionarios operadores de plazas de peaje acerca de la real gravedad de la emergencia a la que se dirigen.

Como parlamentario y representando a la Bancada del Partido Radical, he dado pleno apoyo a este proyecto de ley, para que en lo sucesivo en todos los controles de peaje, estos servicios que van a cumplir con una emergencia, en las rutas concesionadas, no tengan dificultades para acceder prontamente al lugar donde se les requiere.

En definitiva, la idea matriz que aprobamos es declarar exentos del pago de peaje en las carreteras concesionadas a los vehículos de emergencia, para asegurar el tránsito expedito de los mismos cuando estos se encuentren cubriendo una situación de tal naturaleza. 

Lo anterior, motivado con ocasión de eventos lamentables, donde Bomberos vio retrasada su llegada a siniestros por detenerse a cancelar peaje, algo similar a lo ocurrido cuando efectivos de otras comunas pretendían ir a colaborar con el Cuerpo de Bomberos de Valparaíso, en los grandes incendios que allí ocurrieron.

Y es que lamentablemente nuestro país se ve expuesto, cada cierto tiempo, a vivir situaciones de catástrofe, como son inundaciones, terremotos, maremotos, temporales de lluvia y viento, incendios, entre otros desastres, que activan consecuentemente la generación de todo un sistema de acción que va en auxilio de aquellas personas que resultan damnificadas por tales desastres de la naturaleza. Tal sistema se encuentra constituido, entre otros, por los denominados vehículos de emergencia.

Tal como explicita el Proyecto de Ley, “resulta evidente que para que la labor de estos últimos sea eficaz y expedita se requiere un conjunto de condiciones capaces de introducir marcos de acción lo suficientemente dúctiles. Nuestro ordenamiento jurídico precisamente rescata -en diversas disposiciones, de nivel legal y reglamentario- esta actitud que debemos tener las personas para ayudar en la función de rescate y emergencia, que en este momento se pretende reforzar”.

Finalmente, debemos tener claro que estos vehículos se encuentran atendiendo una situación de emergencia cuando se trasladen con balizas o sirenas encendidas, en el marco de un procedimiento y conforme a las normas institucionales que les permitan utilizar dichos sistemas de alerta y sonido.

En tal caso, “ninguna persona o entidad, bajo circunstancia alguna, podrá impedir u obstaculizar su paso, ni cuestionar el mérito de la emergencia invocada, tratándose especialmente de plazas de peajes”.

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