Regístrate Regístrate en nuestro newsletter
Radio San Cristobal 97.5 FM San Cristobal
Diario Papel digital
La Tribuna

Comercio angelino se prepara en vísperas del Día de la Madre

por Nicolás C. Muñoz Díaz

Desde la Cámara de Comercio Servicios y Turismo de Los Ángeles A.G. aseguran que es una de las fechas más activas del año solo comparable a la época navideña. Por lo mismo el Servicio Nacional del Consumidor monitoreará el comportamiento de las empresas en relación al cliente.

flowers-bouquet-plant-colorful /

En Chile existe un decreto, desde 1976, que estipula que el 10 de mayo de cada año se conmemora la figura de la madre por su gran importancia en el núcleo de cada familia del país. No obstante, como este día no siempre se sitúa en un fin de semana, se ha destinado el segundo domingo de mayo como el día de celebración. Este año será este próximo 8 de mayo.

Este popular día tiene, además de una gran importancia para las madres de Chile, una gran oportunidad para el comercio que percibe en la semana previa al domingo una gran actividad financiera.

El día de la madre genera una semana muy importante para el comercio en general, porque un día, dos días y hasta tres días de venta son casi como la venta de un mes normal. Esto quiere decir que esta fecha es tan buena como si fuera pascua, comentó Miguel Pezoa, presidente de la Cámara de Comercio Servicios y Turismo de Los Ángeles A.G..

En cuanto al abastecimiento, Pezoa destacó que el comercio angelino se encuentra preparado para esta fecha y con stock suficiente que permitirá satisfacer las necesidades que tengan los compradores y compradoras. Esto considerando que si se comparan las ventas entre el día del padre y de la madre, el resultado es un 30 % día del padre y 70 % día de la madre.

Sin embargo, a pesar de las ganancias que deja esta fecha, el dirigente gremial es claro en analizar la situación de los últimos años. Hay que mirar algunos aspectos económicos que el año pasado se dieron y que ahora no tenemos, como por ejemplo los retiros del 10 %. Por lo tanto, no creo que tengamos los mismos ingresos que tuvimos el año pasado respecto a este año. Va a ser más bajo porque hay menos recursos y las cosas han subido fuertemente, está todo más caro, señaló.

EL SERNAC

A raíz de la gran cantidad de movimiento que generan celebraciones como esta, el Servicio Nacional del Consumidor anunció que estará monitoreando el comportamiento de las empresas, especialmente las que utilizan el comercio electrónico como canal de venta. Ya que este método es el más reclamado alcanzando sólo entre enero y abril de este año más de 117 mil quejas, principalmente por productos que no llegan en la fecha.

Al respecto, el subdirector del Sernac, Jean Pierre Couchot, explicó que el comercio electrónico ha sido muy útil en el contexto de pandemia, permitiendo a las familias acceder a productos y servicios sin arriesgar su salud o seguridad. No obstante, admite que todavía existen desafíos al respecto, principalmente que las empresas comprometan plazos que puedan cumplir.

Especialmente si hablamos de fechas como el Día de la Madre o un cumpleaños, donde el producto adquirido no tiene sentido si no se recibe a tiempo. O que una estufa termine llegando cuando pasó el invierno, afirmó Couchot.

Por otra parte, es relevante destacar que el pasado 24 de marzo entró en vigencia el Reglamento de Comercio Electrónico, norma que establece una serie de exigencias para las empresas y que asegura un servicio de calidad para los consumidores.

La autoridad recordó que el reglamento, que complementa la Ley del Consumidor, establece que las empresas informen previamente cuánto terminarán pagando los consumidores y el plazo de entrega del producto.

Asimismo, regula temas relativos al despacho. Por ejemplo, las empresas deben indicar el costo total del despacho o entrega, de forma desglosada del precio del producto; la fecha en que el producto estará disponible para su retiro si corresponde; o rango de tiempo que tardará su entrega o despacho, indicando, por ejemplo, si se trata de días hábiles o corridos.

Otro aspecto relevante de este reglamento es que las empresas están obligadas a informar la inexistencia de stock de los productos. Es decir, establece el deber de informar que no existen unidades disponibles para compra antes de la compra, con el propósito de poner fin a la anulación de venta por falta de stock.

Por último, como complemento, la normativa establece la exigencia de parte de las empresas a informar sobre la existencia o no del derecho a retracto, de acuerdo a lo que indica la Ley del Consumidor. Recordemos que el retracto implica que las personas pueden arrepentirse en compras electrónicas, telefónicas o por catálogos dentro de los 10 días siguientes desde que recibió el producto o contrató el servicio. También se extiende este derecho a las compras presenciales en que el consumidor no tuvo acceso directo al producto.

Síguenos: Google News
banner redes
banner redes banner redes banner redes banner redes banner redes

¿Quieres contactarnos? Escríbenos a [email protected]

Contáctanos
EN VIVO

Más visto