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La Tribuna

Qué saber para postular a los subsidios de compra o arriendo de vivienda

por Nicolás C. Muñoz Díaz

Los subsidios DS1 y DS52 están enfocados en entregar ayudas económicas a las personas que tengan problemas de financiamiento para acceder a una vivienda.

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Marzo suele ser un mes donde la mayoría de las familias del país comienzan a revisar las distintas alternativas para acceder a los denominados subsidios habitacionales, sin embargo, es común ver que ronden dudas respecto al proceso.

Los subsidios habitacionales son aportes económicos del Estado a las familias que necesitan apoyo para financiar la compra de una vivienda. No son restituibles y para acceder a ellos es necesario postular en la página del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu).

Actualmente, el Minvu anunció el primer llamado del año a postular al subsidio de clase media DS1, el cual estará disponible desde el próximo 19 de abril, para todos quienes buscan comprar su vivienda definitiva.

¿Qué es el subsidio DS1?

Este beneficio está orientado a las familias de los sectores medios que no son propietarias de un hogar, tienen capacidad de ahorro y pueden complementar el costo de la propiedad con su propio dinero o mediante un crédito hipotecario.

El beneficio, que puede llegar hasta las 750 UF, permite la compra de una propiedad nueva o usada de hasta 2.600 UF. Valores que variarán dependiendo del Tramo y ubicación de la vivienda.

El requisito principal es acreditar un ahorro mínimo y porcentaje de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares (RSH), que también varía en función del Tramo en que se aplique.

Tramos para la región del Biobío

Tramo 1: Permite comprar viviendas de hasta 1.100 y entrega un subsidio fijo de 600 UF. Requiere de un ahorro mínimo de 30 UF y no superar el 60% en el RSH.

Tramo 2: Permite comprar viviendas de hasta 1.600 UF y el subsidio varía entre las 250 y 550 UF, según el precio de la vivienda. Requiere de un ahorro mínimo de 40 y no exceder el 80% de vulnerabilidad.

Tramo 3: Se pueden comprar viviendas de hasta 2.200 UF y el subsidio puede variar entre las 250 y 400 UF, según el precio de la vivienda. Requiere de un ahorro mínimo de 80 UF y no exceder el tope de ingreso mensual que será definido por el Minvu.

¿Qué es el subsidio DS52?

Con el objetivo de ayudar a las familias que optan por el arriendo, se creó el Decreto Supremo 52 o más conocido como subsidio al arriendo, destinado a familias jóvenes vulnerables y emergentes, para apoyar en el pago del arriendo de una vivienda.

Este subsidio consiste en un aporte de hasta 4,9 UF para las personas que estén dentro del tramo del 70 % más vulnerable de acuerdo al Registro Social de Hogares. En el caso de los adultos mayores, este beneficio cubre cerca del 95 % del arriendo mensual.

A su vez, es importante destacar que no es necesario contar con una vivienda vista o comprometida para postular, se puede acceder al beneficio y luego buscar la vivienda o incluso, puedo ya estar arrendando.

Por último, para saber cuándo postular a estos beneficios para el DS1 la fecha de inicio es el próximo 19 de abril, mientras que, para el DS52 es necesario estar atento al sitio web del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, el cual es:  minvu.gob.cl.

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