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La Tribuna

Acogen denuncia por obras no autorizadas e infracción al Código de Aguas en Canal Zañartu

por Cristian Salazar Ramírez

El escrito acusa la construcción de obras hidráulicas no habría contado con la debida autorización de la Dirección General de Aguas

foto C /

Según dio a conocer la Junta de Vigilancia del río Diguillín a través de un escrito, se declaró admisible la denuncia interpuesta por la Junta de Vigilancia del Río Diguillín y sus afluentes en contra de la Asociación de Canalistas del Canal Zañartu, por la construcción de obras hidráulicas sin autorización de la DGA.

La denuncia precisó que se habría construido una obra hidráulica mayor en el cauce del Canal Zañartu hasta la descarga en la laguna Trupán, comuna de Tucapel, consistentes en obras de ensanche y revestimiento de muros de hormigón en las obras de conducción del canal, desviando las aguas de dicho cauce a través de by-pass lateral, lo que afectaría al resto de los usuarios del río Laja, fuente de donde provienen las aguas.

Además, se indicó que se habría estado llevando a cabo la construcción de una ampliación de la sección del canal, correspondiente a un acueducto que conduce más de 2 metros cúbicos por segundo. Las obras se estarían llevando a cabo desde el año pasado. Cabe destacar, que la denuncia se sustenta en una infracción al Código de Aguas, relacionada a Obras Mayores según el artículo 294.

PRESIDENTE JUNTA DE VIGILANCIA RÍO DIGUILLÍN

El presidente de la Junta de Vigilancia del Río Diguillín y sus afluentes (JVRD) Juan Carlos Villagra, manifestó que es un buen paso que la DGA acceda a investigar esta nueva denuncia. Tenemos la convicción que el accionar de los representantes del canal Zañartu, atenta contra la normativa vigente, afectando de paso, el normal desarrollo de otras actividades ligadas al riego, turismo y generación eléctrica, entre otros, lo que a la larga impacta negativamente a miles de personas, precisó.

Junto con lo anterior agregó que como Junta de Vigilancia creemos que, más aún en tiempos de apremiante sequía, el cuidado del recurso merece que mínimamente se cumpla la ley y se vele por su uso sustentable, explicó.

En su resolución, la DGA de la Región del Biobío confirmó que el escrito ingresado cumple con los requisitos mínimos de información y contiene una descripción suficiente del hecho denunciado.

ANTECEDENTES ANTERIORES

Este hecho se suma a lo ocurrido el pasado 22 de diciembre, cuando mediante resolución exenta N°790, la DGA ya había acogido una denuncia previa referida a la modificación del cauce artificial del Canal Zañartu mediante obras mayores no autorizadas por la misma DGA, referidas a la construcción del cauce artificial en revestimiento del Canal Zañartu en un tramo de 1904 metros de longitud.

Recordemos que, luego del fallo en la Corte Suprema de Justicia, la Dirección General de Aguas (DGA) ordenó el 2021 la inmediata paralización de la extracción de aguas desde el río Laja que serían ilegales y que llevaba adelante la Asociación de Canalistas Canal Zañartu, en donde el organismo público cursó una multa a beneficio fiscal contemplada en el Código de Aguas, equivalentes a 500 UTM (26 millones 315 mil pesos), la máxima que se puede aplicar, de acuerdo a la ley. Asimismo, la DGA - a través de su resolución - dejó en claro que la extracción del recurso hídrico al margen de la ley se habría realizado durante 17 años (2003 y 2020) según informó La Tribuna en su oportunidad.

La medida preventiva de extracción de aguas fue revertida por el órgano dependiente del ministerio de obras públicas a principios de este 2022, donde el director (s) de la DGA en conversación con La Tribuna manifestó en ese entonces que el director general de aguas dictó la resolución haciendo uso de sus atribuciones dentro del marco legal de su actuar, lo que significa que no hay ninguna irregularidad en el documento, porque no podemos salirnos del marco normativo y siempre actuamos apegados a la ley.

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