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La Tribuna

Autoridades de Biobío valoran ley que permitirá cambio en el orden de los apellidos maternos y paternos

por Juan Villalobos

La iniciativa fue materializada luego de permanecer congelada por 10 años en el Congreso.

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En el marco de una nueva celebración del Día de la Madre, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley que permite cambiar el orden de los apellidos. La normativa establece que, enacuerdo mutuo, lo padres podrán inscribir en el nacimiento de sus hijos el apellido materno como el primero.

En el caso de los mayores de edad, exceptuando a quienes hayan cometido delitos sexuales, también podrán cambiar el orden de sus apellidos.

Cabe destacar que este cambio solo se podrá realizar una vez, tanto en el caso de los mayores de edad como al momento de que los padres decidan el orden de los apellidos.

Al respecto, el intendente Patricio Kuhn valoró la iniciativa, que responde a un anhelo de cientos de madres e hijos: la nueva ley implica avanzar considerablemente en materia de equidad entre el hombre y la mujer. Ahora, los padres podrán decidir en qué orden quieren que sean los apellidos; ya sea paterno o materno en primer lugar, reconociendo la libertad que ellos tienen en este ámbito. Además, se destaca el importante rol que juega la mujer en la familia, permitiendo que su apellido pueda ir en primer lugar si así se decide", manifestó.

La legislación viene a hacerse cargo, también, de entregar reparación a aquellas mujeres que, por razones legítimas, muchas veces asociadas a temas de violencia, quieren llevar como primer apellido el de su madre, sin tener que pasar por un proceso judicial.

La seremi de la Mujer y la Equidad de Género, Marissa Barro, destacó que esto generará un gran cambio social, ya que permitirá visibilizar y relevar el rol de las madres, especialmente en aquellos casos donde los hijos y las hijas no tienen un vínculo con su padre. Existen muchas personas en esa situación, que no se identifican con su apellido paterno, ya que no se han relacionado con su padre de ninguna forma, sostuvo.

El texto también establece procedimientos administrativos para el cambio de orden de los apellidos de un mayor de edad: se establece que toda persona mayor de edad podrá, por una sola vez, solicitar el cambio de orden de los apellidos determinados en su inscripción de nacimiento.

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