Resumen noticioso

61 días de presidio menor para receptor judicial angelino

En octubre de 2012, Araneda elaboró un acta de notificación en la que sindicaba que había avisado a una persona respecto a una demanda que se llevaría en su contra y que esta última se había negado a firmar. El problema era que el hombre falleció en 2002.

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A 61 días de presidio menor en su grado mínimo fue condenado el receptor judicial angelino, Miguel Segundo Araneda Ruiz, por el delito de falsificación de instrumento público.

“Es una pena a la que se arriba luego de determinar la pena que la Ley establece para la aplicación del delito y, además, teniendo presente las circunstancias atenuantes en este caso que concurría en el hecho de que él tenía una irreprochable conducta anterior y el haber colaborado sustancialmente en el esclarecimiento de los hechos”, relató el vocero subrogante del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles, Juan Pablo Lagos.

De ahí que el tribunal rebajara –en dos grados- la pena que correspondería por este ilícito; ésta acarrea, además, una condena accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo que ésta dure.

Lagos explicó que también existe una pena especial y que establece el artículo 393 del Código Orgánico de Tribunales relativa a los receptores judiciales.

Ésta consiste en que, “en el evento en que ellos fueren condenados por algún delito de falsificación, sufrirán la pena accesoria de inhabilitación especial perpetua para desempeñar funciones en la administración de justicia”, explicó Lagos.

La primera sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal condenó y sentenció a Araneda por el delito de falsificación de instrumento público.

Ello porque en octubre de 2012 elaboró un acta de notificación en la que sindicaba que había avisado a una persona respecto a una demanda que se llevaría en su contra y que esta última se había negado a firmar. El problema era que el hombre falleció en 2002.

En consecuencia, “el Tribunal estimó que los hechos efectivamente se encontraban probados con las pruebas que presentó el Ministerio Público y, en definitiva, lo condenó como autor del delito de falsificación de instrumento público porque, precisamente, él es un funcionario público; además, el instrumento que él elaboró es un acta de notificación que también tiene carácter de instrumento público”, explicó Lagos.




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