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La Tribuna

Corte de Santiago rechaza recurso de amparo que buscaba prohibir el uso de balines

por Juan Villalobos

En fallo unánime la Octava Sala del Tribunal descartó actuar arbitrario de Carabineros, Ministerio del Interior y la empresa Metro S.A.

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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó, el recurso de amparo presentado en contra de Carabineros, Ministerio del Interior y la empresa Metro S.A. por la utilización de balines para disolver manifestaciones en el sector de Plaza Baquedano, los cuales habrían sido disparados desde el interior de la estación del ferrocarril metropolitano, en dirección a los manifestantes ubicados en las cercanías.

En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Juan Cristóbal Mera, Tomás Gray y el abogado (i) Matías Mori- descartó actuar arbitrario de las instituciones señaladas y, además, estableció que el recurso de amparo no es la vía idónea para denunciar eventuales irregularidades en el cumplimiento de los protocolos para disolver manifestaciones.

Que el de amparo es un recurso de naturaleza excepcional, que encuentra su origen y fuente en la Constitución Política de la República y persigue, por su intermedio, tutela y protección de parte de los Tribunales Superiores de Justicia, en los casos en que por actos de particulares o de alguna autoridad, se vean ilegítimamente vulneradas las garantías de libertad y seguridad individuales. En el caso sublite, los recurrentes no se encuentran presos ni detenidos, ni hay amenaza de que ello ocurra, afirma el fallo.

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