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La Tribuna

Empresa productora de carne de cerdo de Tucapel responde a cuestionamientos

por Glenda V. Ahumada Gutiérrez

A través de un comunicado, el plantel porcino abordó aspectos relacionados con la acción judicial presentada ante el máximo tribunal de justicia.

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Por más de diez años se mantienen los cuestionamientos medioambientes hacia la empresa  Agrícola Coexca S.A, que asegura, a través de sus representantes, responder a cada una de las fiscalizaciones formuladas a través de la justicia.

Recientemente, la Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por la Municipalidad de Tucapel, una junta de vecinos y el comité de agua potable que denunciaba la vulneración de garantías constitucionales de protección a la vida y salud de los vecinos.

Así, y en relación al fallo de la Tercera Sala de la Corte Suprema, la empresa que desarrolla sus operaciones en la granja Las Astas, ubicada en un sector rural de la comuna de Tucapel, respondió a los cuestionamientos a través de una declaración, que precisa que: Luego de dos años de tramitación, La Corte Suprema ha dado a conocer su decisión respecto del recurso de protección antes indicado, lo que en su momento generó un conjunto de acciones, tanto administrativas, como judiciales.

Se agrega: Los hechos denunciados por los vecinos y la Municipalidad de Tucapel, entre otros, y que han sido plasmados en la acción legal, fueron ya abordados en aquel entonces por parte de Agrícola Coexca S.A. y sus acciones han sido aprobadas oportunamente por la autoridad administrativa competente, que ha seguido realizando además frecuentes fiscalizaciones a la operación del plantel constatando su normal operación.

En ese sentido se asegura que Agrícola Coexca S.A. está comprometida con el cumplimiento de todas las normas y leyes que rigen su actividad, así como también, la voluntad de operar sus planteles con el mayor respeto por las comunidades y el cuidado del medio ambiente. En ese orden, la empresa proporcionará todos los elementos que sean requeridos para demostrar que no existen trasgresiones a las disposiciones bajo las cuales desarrolla sus operaciones y busca construir los canales de diálogos necesarios con los vecinos para desarrollo de confianzas, compatibilizar las actividades en el territorio y buscar espacios de colaboración conjunto se detalla en el comunicado.

DENUNCIAS POR MALOS OLORES DESDE 2011

Este lunes 1 de agosto, la Corte Suprema acogió favorablemente el recurso de protección interpuesto por el municipio, a través de su asesor legal, junto a la Junta de Vecinos de Los Castaños II de Huépil, y el Comité de Agua Potable Rural de Villa Fátima, en contra de las empresas Las Astas, propietaria del plantel porcino, y Coexca, explotadora de dicho criadero, por vulnerar la garantía constitucional que protege la vida y salud de los vecinos, y su derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación.

Es que el plantel porcino llamado Monteverde Bajo, que se instaló entre Huépil y Tucapel con más de nueve mil ejemplares, ha estado en el ojo del huracán, desde 2011, a raíz de las denuncias por malos olores.

HISTORIAL DE RECLAMOS

Si bien el 2011 se solicitó un sumario, el cual fue realizado por la autoridad sanitaria, disminuyendo ostensiblemente los olores, hicieron un tratamiento de mayor tecnología y generación para revisar el tema de las camas calientes que les llaman ellos, que hoy definitivamente creo que está colapsado o ha fallado, pero notamos que el olor que hoy emite esta planta de cerdo no es soportable, decente, y ha mostrado absoluta indolencia e ineficiencia por parte de la empresa, detalló en aquella oportunidad la máxima autoridad comunal.

En cuanto al reciente fallo de la Corte Suprema, el alcalde de Tucapel, Jaime Veloso, dijo estar satisfecho con la decisión del máximo tribunal, estamos tranquilos porque acogieron el juicio pero estaríamos más contentos si los servicios públicos hicieran su trabajo, y no esperar que la autoridad se los ordene, para así tener una empresa que cuide el medioambiente y que no provoque problemas a sus habitantes.

Por su parte, Guillermo Escarate, asesor jurídico del municipio de Tucapel, declaró que esta revocación significa que se acogió nuestra impugnación de la forma en la que se había llevado a cabo el manejo e incumplimiento de la normativa ambiental por parte de estas empresas, además se logró que se le exija a los organismos públicos competentes que cumplan con las facultades legales y a hacer las fiscalizaciones, al igual que terminar los sumarios sanitarios pendientes por más de dos años por parte de la seremi de Salud del Biobío. Determina también la aplicación de sanciones en contra de esta empresa que ha incumplido gravemente en materia sanitaria y ambiental, afectando a los vecinos. Se acreditó la contaminación de la planta de cerdos, desde 2019 a la fecha, además concluye que afecta el derecho de las personas a vivir en un ambiente libre de contaminación.

En este sentido el seremi de Salud del Biobío del 2019, Héctor Muñoz, explicó qué fiscalizadores de la unidad de Gestión Ambiental de la Delegación Provincial Biobío, concurrieron hasta este plantel de cerdos de Tucapel en dos oportunidades el pasado periodo estival, además de una vez a fines del año pasado, constatándose en la última fiscalización, del día 27 de febrero, presencia de moscas y también olores molestos que sobrepasan el perímetro de la empresa.

La autoridad sanitaria agregó que dado a que se incumplía lo establecido por el código sanitario, además de no tomar medidas para evitar el impacto en la comunidad como se exigió en fiscalizaciones anteriores, se dio inicio de un sumario sanitario al criadero de cerdos de la empresa Coexca S.A.

DECLARACIÓN CORTE SUPREMA

En tanto, el Tribunal dispone un plazo de 30 días, a las mencionadas Agrícola y Forestal Las Astas S.A y Agrícola Coexca S.A, para dar cuenta de las medidas adoptadas para poner término a los focos de contaminación denunciados. Además, ordena a los servicios públicos como la Superintendencia del Medio Ambiente, la Seremi de Salud de la Región del BioBío y la Dirección Regional de Aguas del Biobío, dar estricto cumplimiento a lo ordenado en la sentencia, debiendo informar en un plazo de tres meses, y ordena a la Corte de Apelaciones de Chillán velar por su cumplimiento.

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