Educación

WhatsApp, Instagram y TikTok: cómo la nueva ley podría cambiar las conversaciones entre apoderados

La nueva normativa establece que hechos que puedan constituir acoso, violencia o discriminación deben ser reportados al establecimiento educacional, incluso cuando ocurran fuera de sus dependencias.

La nueva normativa establece que hechos que puedan constituir acoso, violencia o discriminación deben ser reportados al establecimiento educacional, incluso cuando ocurran fuera de sus dependencias., contexto
La nueva normativa establece que hechos que puedan constituir acoso, violencia o discriminación deben ser reportados al establecimiento educacional, incluso cuando ocurran fuera de sus dependencias. / FUENTE: contexto

La entrada en vigencia de la Ley de Convivencia, Buen Trato y Bienestar de las Comunidades Educativas podría modificar una práctica habitual entre padres y apoderados: las conversaciones que mantienen en grupos de WhatsApp y otras redes sociales.

La nueva normativa establece que hechos que puedan constituir acoso, violencia o discriminación deben ser reportados al establecimiento educacional, incluso cuando ocurran fuera de sus dependencias. El alcance incluye espacios digitales como WhatsApp, Instagram y TikTok.

El cambio plantea un desafío para los colegios, que deberán definir con mayor precisión qué situaciones corresponden a una diferencia de opinión, una crítica legítima o un comportamiento que puede configurar una transgresión a las normas de convivencia.

El límite entre una crítica y una conducta sancionable

El abogado de la Universidad de los Andes, Pedro Anguita, sostiene que cada establecimiento deberá establecer sus propios reglamentos para determinar cómo abordar este tipo de situaciones y diferenciar entre expresiones propias de la interacción cotidiana y aquellas que puedan constituir una denuncia.

En ese contexto, ejemplifica que criticar a una persona o exponer una conducta considerada incorrecta durante una clase o recreo, especialmente cuando se trata de un apoderado que busca defender a un niño que habría sido objeto de abuso, puede encontrarse dentro de los usos sociales.

El escenario cambia, advierte, cuando las expresiones pasan a promover agresiones contra otra persona o a denostar a sus padres por las medidas adoptadas frente a una situación.

El desafío para los establecimientos estará, precisamente, en establecer ese límite y aplicarlo a conversaciones que muchas veces se desarrollan fuera de sus espacios físicos y sin participación directa de funcionarios del colegio.

El debate también alcanza la libertad de opinión

Por su parte, la presidenta de la Confederación de Padres y Apoderados de Colegios Particulares Subvencionados (Confepa), Karen Farías, planteó reparos respecto de una eventual utilización de la normativa para restringir las opiniones de las familias.

Según sostuvo, la ley no debería transformarse en una herramienta para silenciar a los padres ni para equiparar una opinión crítica con una conducta violenta.

La dirigente enfatizó que la convivencia respetuosa no implica que todos los integrantes de una comunidad educativa deban tener la misma posición frente a un determinado problema.

La discusión, de esta manera, se instala en un punto particularmente sensible: cómo proteger a estudiantes y familias frente al acoso, la violencia y la discriminación sin convertir las normas de convivencia en un mecanismo para limitar legítimas diferencias de opinión.




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