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La Tribuna

Nuevo revés judicial para deudores del CAE: Corte confirma legalidad de cobranzas y embargos

por Stephanie Ramírez M.

La institución recordó que las personas que actualmente se encuentren cesantes pueden acceder a alternativas de regularización.

La institución recordó que las personas que actualmente se encuentren cesantes pueden acceder a alternativas de regularización. / contexto

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó de forma unánime cuatro recursos de protección interpuestos por deudores del Crédito con Aval del Estado (CAE), consolidando una línea jurisprudencial que valida las acciones de cobro impulsadas por la Tesorería General de la República (TGR) frente a quienes incumplen el pago de esta obligación.

La decisión fue destacada por el organismo fiscal, que sostuvo que el fallo "ratificó la plena legalidad de las cobranzas coactivas ejecutadas" y reafirma las atribuciones que posee para recuperar recursos públicos una vez que el Estado hace efectiva la garantía asociada al crédito estudiantil.

Uno de los casos emblemáticos corresponde al fallo Rol N° Protección-3249-2026. En esa acción, el recurrente cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por Tesorería, argumentando que el CAE tiene una naturaleza civil y, por lo tanto, no debería aplicarse el procedimiento ejecutivo contemplado en el Código Tributario para emitir requerimientos de pago ni decretar embargos.

Sin embargo, la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso descartó la existencia de arbitrariedad o ilegalidad en el actuar del organismo fiscal.

Los ministros concluyeron que, una vez producido el incumplimiento del deudor y activada la garantía estatal, la Tesorería está legalmente facultada para perseguir el reintegro de los fondos públicos mediante el procedimiento establecido en la normativa tributaria vigente.

Una jurisprudencia que se consolida

El fallo se suma a recientes resoluciones dictadas por la Corte de Apelaciones de Arica y a más de 450 recursos de protección que la Corte Suprema ha declarado inadmisibles en esta materia.

En términos prácticos, la justicia ha sostenido de manera reiterada que el recurso de protección no constituye la vía adecuada para debatir la naturaleza jurídica de la deuda derivada del CAE ni para impugnar el procedimiento de cobro o la competencia del tribunal encargado de ejecutarlo.

Este escenario judicial refuerza la posición del Estado respecto de la recuperación de dineros fiscales asociados al financiamiento estudiantil y entrega una señal clara a miles de personas que mantienen obligaciones pendientes bajo este sistema.

Atención a personas afectadas

En paralelo a estas resoluciones, la Tesorería General de la República ha mantenido habilitadas sus sucursales para atender consultas y orientar a quienes han enfrentado medidas como embargos de bienes raíces o el congelamiento y retiro de fondos desde cuentas bancarias.

La institución recordó que las personas que actualmente se encuentren cesantes pueden acceder a alternativas de regularización. Para ello, deben ingresar a la Oficina Virtual de Trámites de la TGR y presentar su certificado de cotizaciones previsionales junto con el finiquito laboral correspondiente.

Cumplidos esos requisitos, podrán optar a convenios especiales que consideran un pie inicial y cuotas equivalentes a 1 UTM, monto que durante junio de 2026 asciende a $71.506.

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