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En polémico juicio, condenan a solo uno de los siete implicados en asesinato

por Prensa La Tribuna

Jueces consideraron que la pruebas aportadas por el Ministerio Público fueron insuficientes, salvo en uno de los crímenes en que se condenó a venezolano.

Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles. / La Tribuna

El juicio oral contra siete sospechosos de integrar la banda del Gallineta, incluido su líder Nelson Vásquez Anabalón, estuvo salpicado por la polémica entre la Fiscalía y los abogados defensores, particularmente durante la faceta de los alegatos finales.

Al final, el Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles dictó veredicto absolutorio para los acusados indistintamente de tres homicidios calificados y asociación ilícita. Básicamente, se les acusaba de ordenar y ejecutar - a través de sicarios - los asesinatos ocurridos entre 2021 y 2022, como parte de una guerra entre bandas rivales de narcotraficantes.

Nelson Vásquez Anabalón, Jesús Pire Vargas, Daniel Núñez González, Ángel López Pino, Gonzalo Hermosilla Pincheira, Marcos Padilla Sánchez y Jorge Muñoz Henríquez fueron absueltos de todos los cargos en su contra, aunque continuarán recluidos debido a que enfrentan cargos por los delitos tráfico de drogas y asociación ilícita. Solo Pires fue encontrado culpable pero por solo uno de los crímenes.

PRUEBAS INSUFICIENTES

Los magistrados consideraron que las pruebas presentadas por el Ministerio Público resultaron insuficientes para adquirir una convicción condenatoria.

Según el juez Christian Osses, que leyó el veredicto, el Ministerio Público basó sus acusaciones sólo en base a la declaración extrajudicial de testigos de identidad reservada, cuyos nombres no fueron conocidos por el tribunal, y que, además, no declararon en el juicio oral. Al cabo, el contenido de su declaración sólo pudo ser conocido a través de los denominado "testigos de oídas", en este caso, de funcionarios policiales.

"El punto es que el valor probatorio de un testigo con reserva de identidad está en directa relación con la cantidad de antecedentes que se aporten por el Ministerio Público al juicio, y que permitan probar de manera independiente el mismo hecho o que lo corroboren de forma tal, que la declaración del testigo reservado sea un antecedente probatorio más para valorar", indicó el magistrado.

Si bien el testigo con reserva tiene reconocimiento legal y jurisprudencial, "también se ha dicho tanto por la Excma. Corte Suprema como por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que para conformar válidamente una convicción condenatoria en base a testigos de identidad protegida, la condena no puede estar fundada únicamente o en grado decisivo en declaraciones realizadas por testigos de identidad reservada". Se añadió que ese procedimiento "limita el ejercicio del derecho de la defensa a contra examinar a dicho testigo en el juicio oral, sino que se requiere que sean debidamente corroborados por medios de prueba adicionales de forma tal que a mayor prueba corroborativa, menor será el grado decisivo que el fallador otorga al testimonio de identidad reservada".

Según Oses, "lo que ocurrió en este juicio es que toda la imputación se fundó únicamente o en grado decisivo en las aseveraciones de esas personas, sin que se aportaran los antecedentes probatorios necesarios como para corroborar esas afirmaciones".

CONDENA

La única excepción fue la condena contra Jesús Pire Vargas como autor del delito de homicidio calificado de Javier Lermanda Valderrama, crimen perpetrado a fines de noviembre de 2021 en la villa Las Américas, sector sur de la capital provincial.

El asesinato de Javier Lermanda Valderrama, conocido como "Jano Poison", ocurrió en horas de la tarde del 26 de noviembre en el pasaje Los Guaraníes.

La víctima fue abordada por al menos tres sujetos, donde Jesús Pire Vargas le disparó en varias ocasiones.

Según el juez Christian Osses, "en el caso de la condena al único imputado que resultó condenado por un delito de homicidio calificado, sí se aportaron antecedentes probatorios adicionales que demostraron su autoría material".

Fueron fundamentales los videos de las cámaras de vigilancia de un local comercial cercano que captaron al acusado cometiendo el delito, "video que fue sometida a pericia por la cual se extrajeron fotografías y que fueron exhibidos a otros testigos que corroboraron que la persona que aparecía en el video como el autor era uno de los acusados. Se sumó a todo aquello la declaración de un testigo de identidad reservada, quién afirmó haber escuchado de boca del acusado que él había sido el autor del delito".

MINISTERIO PÚBLICO

Respecto de la decisión del Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles, la Fiscalía dio a conocer esperará conocer el contenido completo de la sentencia el próximo 25 de abril, "la que será analizada jurídicamente para decidir si procederá o no a presentar un eventual recurso de nulidad del juicio ante la Corte de Apelaciones de Concepción".

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