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La Tribuna

El Colegio de Profesores de San Rosendo acusó incumplimiento de titularidad docente

por Pia Salcedo

**Patricio Leiva, presidente de los profesores del municipio, señaló que el gremio está disconforme y no descartan regresar a las movilizaciones.

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Así lo explicó el presidente del gremio Pedro Leiva quien indicó que “el 31 de enero salió publicada la ley que da titularidad a los profesores a contrata, después apareció un instructivo del Colegio de Profesores y además un instructivo desde el Ministerio de Educación, o sea, están todos los elementos para que se aplique”.

Agrega que no existe un trabajo en conjunto con la municipalidad. “Ellos solo dan las instrucciones y no somos consultados en nada, y con lo de la titularidad docente estamos muy disconformes, al parecer en el municipio desea interpretar a su pinta esta ley y minimizando este gran paso que es dar titularidad a los profesores a contrata", acusó.

A la fecha muchos docentes con la modalidad anual, no han renovado contrato. “A la fecha muchos no han firmado y por lo demás, no deberían de hacerlo. No deben forjar renovaciones de contratos a plazo fijo, sino que respetar la titularidad, eso lo considero sumamente grave, porque si el profesor firma van a tener un elemento para decir que van a seguir a contrata sin respetar la ley", explicó.

De la misma manera, argumentó que no están respetando el tema del agobio docente: “Serían todas aquellas tareas que, dentro del marco legal actual, sobrepasa la jornada laboral y responsabilidades convenidas, en este caso no lo cumplen, ya que al iniciar las clases nos solicitaron la planificación anual clase a clase de todos los contenidos, lo cual consideramos que es un agobio”.

MALESTAR EN OTRAS COMUNAS

A nivel nacional el gremio a denunciado disconformidades con las comunas de Buin, Paine, San Bernardo, San Joaquín, Pedro Aguirre Cerda, Cerro Navia, La Pintana, Colina y Santiago, donde no se reconocería la titularidad de profesores diferenciales del plan de integración escolar, docentes contratados por la ley de subvención escolar preferencial y, en algunos casos, la titularidad de las horas no electivas o complementarias.

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