Política

Multas y excepciones: ¿Qué pasa si no voy a votar en las elecciones de este domingo?

Conoce cuáles son las multas y excepciones y cómo acreditarlas., Aton
Conoce cuáles son las multas y excepciones y cómo acreditarlas. / FUENTE: Aton

A pocos días de las elecciones del 16 de noviembre, el Servicio Electoral (Servel) recordó que la participación en los comicios es obligatoria para todos los ciudadanos habilitados para sufragar en Chile.

Quienes no concurran a las urnas arriesgan multas que van desde 0,5 a 1,5 UTM, equivalentes a aproximadamente $33.000 a $100.000, según el valor vigente.

Esta sanción aplica únicamente a chilenos residentes en el país, ya que tanto extranjeros habilitados como chilenos que viven en el exterior quedan exceptuados de la multa.

Casos en que no se aplica la sanción

El Servel indicó que los ciudadanos que no puedan cumplir con su deber cívico deberán acreditar su impedimento ante el Juzgado de Policía Local, una vez que sean citados después del proceso electoral. Para ello, deberán presentar documentación que respalde una de las siguientes situaciones:

  • Encontrarse fuera del país el día de la elección.
  • Poseer certificados o licencias médicas que justifiquen una enfermedad.
  • Estar a más de 200 kilómetros del local de votación, siempre que se haya dejado constancia en Carabineros el mismo día.
  • Haber desempeñado funciones electorales establecidas por la ley.
  • Contar con certificación de discapacidad.
  • Estar afecto a otro impedimento grave, el cual deberá ser evaluado por el juez correspondiente.

Las autoridades recomiendan guardar toda la documentación que respalde estas circunstancias, pues serán esenciales para justificar la inasistencia.

Constancias ante Carabineros

Respecto a las constancias por lejanía del local de votación, Carabineros de Chile confirmó que el trámite podrá realizarse de manera digital a través de la plataforma www.comisariavirtual.cl

El servicio estará habilitado desde las 00:00 hasta las 23:59 horas del día de la elección, tanto el 16 de noviembre de 2025 como, si corresponde, el 14 de diciembre de 2025 en caso de una segunda vuelta presidencial.

La Constancia Ciudadana en línea permite al votante justificar su ausencia al encontrarse en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros de su local de votación. Para obtenerla, se deben seguir los siguientes pasos:

  • Seleccionar el apartado "Constancias" y luego la opción "Constancias Votación".
  • Iniciar sesión utilizando la Clave Única, que garantiza la autenticación segura de identidad.

Este procedimiento digital facilita el cumplimiento de las obligaciones electorales y evita sanciones, permitiendo justificar la ausencia de manera rápida, segura y eficiente.

Cabe recordar que las excusas por enfermedad, ausencia del país, discapacidad o impedimento grave deben presentarse directamente ante el Juzgado de Policía Local correspondiente, no mediante Comisaría Virtual.




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