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La Tribuna

Alcalde de Quilleco realiza sus descargos por la millonaria licitación

por Pia Salcedo

Ante la publicación del 10 de abril que da cuenta del proceso de adjudicación efectuado por la municipalidad de Quilleco, a la misma empresa que ellos tienen demandada.

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Rodrigo Tapia, edil de la cuestionada comuna, informó que el recurso judicial efectuado contra Figuz - por parte de la municipalidad- ya fue notificado a los demandados. “Pues según consta en Exhorto dirigido al Primer Juzgado Civil de Chillán, Exhorto Rol E-66-2015, la demanda fue notificada el día 20 de Marzo de 2015. Tal hecho procesal, fue además informado al Concejo Municipal por el suscrito en la sesión celebrada el día martes 7 de abril de 2015, ante la consulta sobre el estado de la causa efectuada por el Concejal Manuel González Abuter” aclaró mediante un comunicado.

La mencionada información, se contrapone con lo investigado por La Tribuna, donde, según figuró el jueves 9 de abril, en el Juzgado de Letras de la ciudad de Los Ángeles, sobre el estado de la causa, donde se evidenció que el representante de Figuz, José Fica, fijó domicilio en la ciudad de Iquique y, según indicó el receptor judicial, Patricio Cáceres, quien acudió al lugar por orden del Segundo Juzgado de Letras de Iquique, “no es persona conocida en el lugar”. Tras este exhorto negativo, el abogado de la municipalidad de Quilleco informó un nuevo lugar de domicilio de Fica en la ciudad de Chillán, sin embargo, según constató La Tribuna en el expediente, en la mencionada fecha, no había sido notificado.

El documento enviado por el alcalde, informa que, “dicho litigio pendiente existente entre el municipio y la empresa Figuz S.A., no constituye inhabilidad de la Empresa para ofertar y contratar con este municipio, ello debido a los reiterados Dictámenes de la Contraloría General de la República sobre la materia. En tal sentido se han pronunciado los Dictámenes números 40100/2007, 32746/2009, 7480/2008, 26212/2009, 60032/2009”.

De igual forma, el edil informa que la única connotación que puede darse, según la legislación vigente, es “la existencia de un juicio pendiente de un oferente con el órgano contratante, es considerar este hecho en las bases administrativas como un factor de evaluación de las ofertas referido al -comportamiento contractual anterior-, factor que efectivamente se estableció en las Bases Administrativas, por lo que en ese ítem, se evaluó al Oferente Figuz S.A., con nota 0”.

En la misma línea, informó que Figuz fue el único oferente para la mencionada obra. “A la visita en terreno concurrieron más de 10 Empresas, de las cuales, como sabemos, sólo una de ellas presentó Oferta, FIGUZ S.A. Así, la Comisión de Evaluación sometió a su análisis esta única oferta(…) Por lo dicho, ni la Comisión de Evaluación ni el Concejo Municipal estaban en situación de evaluar más ofertas que pudieran ser eventualmente contrastadas con la única oferta”.

En vista de la situación, explicó que los asistentes votaron en favor de la empresa. “Así, el proceso licitatorio que culminó con la votación favorable de la única Oferta recibida, por parte de la mayoría del Concejo Municipal, se encuentra ajustado a la legalidad vigente, a las bases administrativas generales”.

Para concluir, indicó que, si el concejo municipal hubiera rechazado el contrato, habría incurrido en una ilegalidad. “Si se hubiera actuado de forma distinta a la que se hizo, es decir, si la Comisión de Evaluación o el Concejo Municipal hubieran rechazado la única oferta recibida, habría implicado la vulneración al principio de estricta sujeción a las bases y especialmente al principio de legalidad que debe inspirar la conducta de todos los órganos del Estado”, informó Rodrigo Tapia, alcalde de Quilleco.

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