Policial y Judicial

Continúan las reacciones al fallo de la Corte Suprema sobre el río Laja

Mientras agrupaciones agrícolas, turísticas y locales calificaron la resolución judicial como un triunfo tras más de una década de litigios, la junta del Canal Zañartu anunció nuevas gestiones para insistir en sus pretendidos derechos de 45 m³/s.

El fallo definitivo de la Corte Suprema fija la extracción del Canal Zañartu en un techo de 22,6 m³/s, decisión valorada por regantes, agricultores y operadores turísticos locales.
El fallo definitivo de la Corte Suprema fija la extracción del Canal Zañartu en un techo de 22,6 m³/s, decisión valorada por regantes, agricultores y operadores turísticos locales. / FUENTE: Wikipedia

Las primeras reacciones al dictamen de la Corte Suprema sobre el río Laja evidenciaron posturas contrapuestas entre los actores de la cuenca del Biobío. Por un lado, la Asociación de Canalistas del Laja (ACL), la Sociedad Agrícola de Biobío (SOCABIO A.G.) y la Cámara de Turismo de los Saltos del Laja recibieron la noticia con enorme satisfacción, definiéndola como una victoria definitiva que trae tranquilidad a más de cinco mil familias de regantes, tres mil agricultores, al comercio turístico y a generadoras eléctricas. Por otra parte, la Asociación de Canalistas del Canal Zañartu emitió un comunicado desde Cabrero cuestionando la interpretación de sus opositores, atribuyendo el origen del conflicto a querellas impulsadas por Colbún S.A. desde 2014 para privilegiar la generación hidroeléctrica aguas abajo, y anunciando nuevas gestiones para defender su postura de que sus derechos alcanzan los 45 m³/s.

FALLO DEL MÁXIMO TRIBUNAL FIJA EL LÍMITE DE EXTRACCIÓN

Cab recordar que, el pronunciamiento definitivo de la Tercera Sala de la Corte Suprema, dictado el 14 de septiembre de 2026, desestimó los recursos de casación interpuestos tanto por la Dirección General de Aguas (DGA) como por la Asociación de Canalistas Canal Zañartu. La resolución dejó firme la sentencia previa de la Corte de Apelaciones de Santiago, que acogió el reclamo de ilegalidad presentado por Colbún S.A. y anuló la Resolución Exenta N°2320 emitida por la DGA el 30 de agosto de 2023.

Mediante dicho acto administrativo, el órgano fiscalizador pretendió validar un incremento en las extracciones del Canal Zañartu a 33 m³/s (2.206,09 regadores), amparándose en la potestad aclaratoria del artículo 62 de la Ley N°19.880. No obstante, la judicatura determinó que la DGA actuó al margen de sus competencias, pues la facultad aclaratoria solo permite subsanar errores materiales evidentes y no alterar el fondo de lo resuelto ni lesionar derechos de terceros reconociendo caudales superiores sin respaldo registral fehaciente.

Fotografía de contexto. / Asociación de Canalistas del Laja
Fotografía de contexto. Asociación de Canalistas del Laja

SATISFACCIÓN EN REGANTES Y GREMIOS

Las reacciones favorables destacaron el impacto directo del fallo en la estabilidad de la zona. Germán Hermosilla Fernández, presidente del directorio de la ACL, resaltó que la decisión resuelve una contienda por el uso no autorizado de caudales que perjudicaba el flujo del río y la reserva del Lago Laja. Hermosilla indicó que la sentencia cierra un desgastante proceso para los regantes y reafirmó que el canal Zañartu no puede superar los 22,6 m³/s.

En la misma línea, José Miguel Stegmeier, presidente de SOCABIO A.G., sostuvo que se trata de un "fallo contundente y claro, que hace justicia a una situación que tenía muy preocupada a la provincia", devolviendo la tranquilidad al riego agrícola, la ecología y a la población de la cuenca. Asimismo, José Sanzana, vocero de la Cámara de Turismo de los Saltos del Laja, valoró la alianza estratégica y el trabajo sostenido ante comisiones parlamentarias y de Medio Ambiente para resguardar la cascada y el entorno natural.

En contraste, la directiva del Canal Zañartu justificó sus pretensiones invocando un informe técnico de 2023 y sus registros históricos, argumentando que sus derechos alcanzan los 45 m³/s y asegurando que continuarán administrando la infraestructura y distribuyendo los caudales que a su juicio corresponden a sus usuarios.

GÉNESIS DEL LITIGIO, VACILACIONES DE DGA Y QUERELLAS VIGENTES

La controversia se encendió hace más de diez años cuando el Canal Zañartu buscó duplicar su captación, desencadenando la denominada "Guerra del Agua". En mayo de 2019, Colbún S.A. formuló una denuncia por extracción ilegal que derivó en la Resolución N°439 de la DGA Biobío en septiembre de 2021, la cual acogió la acusación, aplicó una multa de 500 UTM y ordenó paralizar los caudales por encima de los 22,618 m³/s. Si bien este criterio fue ratificado al rechazar la reconsideración en diciembre de 2022 mediante la Resolución N°3549, la DGA cambió su posición en agosto de 2023 al dictar la Resolución N°2320.

Esta alteración en el criterio administrativo motivó querellas penales presentadas en junio de 2024 por la ACL, la Junta de Vigilancia del Río Diguillín, Socabio A.G., Aproleche y la Cámara de Turismo contra altos directivos de la DGA por prevaricación administrativa, sumadas a acciones por delitos ambientales y usurpación de agua. A ello se añadieron las conclusiones de una comisión investigadora de la Cámara de Diputados y procesos en la Superintendencia del Medio Ambiente por obras de captación ejecutadas sin Declaración de Impacto Ambiental, el desmontaje de infraestructura no autorizada financiada por la CNR y la revisión de responsabilidades civiles e indemnizatorias tras la sentencia de la Corte Suprema.

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