Policial y Judicial

Corte Suprema zanja disputa por aguas del río Laja tras más de una década de litigios

Organizaciones de regantes calificaron la resolución como un triunfo tras una década de litigios, mientras la Asociación de Canalistas del Canal Zañartu sostiene que sus derechos de aprovechamiento alcanzan los 45 m³/s y anuncia nuevas gestiones para defender esa posición.

El Salto del Laja, Asociación de Canalistas del Laja
El Salto del Laja / FUENTE: Asociación de Canalistas del Laja

La Corte Suprema rechazó recursos de casación vinculados al conflicto por la extracción de aguas del río Laja, en un proceso judicial que ha involucrado a distintos usuarios del recurso.

Las organizaciones que cuestionan el aumento de las extracciones sostienen que el Canal Zañartu no puede superar los 22,6 metros cúbicos por segundo (m³/s), mientras la Asociación de Canalistas del Canal Zañartu sostiene que sus derechos de aprovechamiento alcanzan los 45 m³/s.

De acuerdo con los antecedentes difundidos tras conocerse las resoluciones, la controversia involucra a más de cinco mil familias de regantes, tres mil agricultores, comerciantes del sector del Salto del Laja, generadoras de energía eléctrica y otros usuarios.

ANTECEDENTES DEL CONFLICTO

El comunicado sitúa el origen de la disputa hace más de diez años y consigna que esta se intensificó cuando representantes del Canal Zañartu plantearon aumentar el caudal captado desde el río Laja.

El documento da cuenta de que la Corte de Apelaciones de Concepción se pronunció sobre la materia en 2021 y que posteriormente se adoptaron resoluciones desfavorables a los planteamientos del canal. Entre las actuaciones mencionadas figuran sanciones por extracción ilegal y la orden de desmontar obras de captación no autorizadas.

Posteriormente, en agosto de 2023, se emitió una nueva resolución que estableció que el Canal Zañartu podía extraer hasta 33 m³/s desde el río Laja, decisión que volvió a generar acciones judiciales.

La controversia se ha desarrollado en torno a la cantidad de agua que puede ser captada desde el río y a la forma en que deben ejercerse los derechos de aprovechamiento involucrados.

ACCIONES JUDICIALES

En junio de 2024, la Asociación de Canalistas del Laja, la Junta de Vigilancia del Río Diguillín, la Sociedad Agrícola de Biobío, la Cámara de Turismo Saltos del Laja y Aproleche Biobío, entre otras entidades, presentaron una querella por presunta prevaricación administrativa, en relación con las actuaciones cuestionadas.

El comunicado agrega que la Cámara de Diputadas y Diputados creó una comisión investigadora para revisar los antecedentes relacionados con el caso.

Las entidades que cuestionan el aumento del caudal consideran que los recientes fallos establecen que el Canal Zañartu no puede extraer más de 22,6 m³/s y que la resolución de 2023 que fijó 33 m³/s se dictó al margen de la ley, según su interpretación.

Estas entidades indicaron que estudian eventuales acciones legales relacionadas con responsabilidades civiles y penales que atribuyen a quienes participaron en las actuaciones cuestionadas.

LA VERSIÓN DEL CANAL ZAÑARTU

La Asociación de Canalistas del Canal Zañartu emitió un comunicado desde Cabrero, fechado el 23 de septiembre, en el que cuestionó la interpretación planteada por quienes se opusieron al aumento del caudal.

La asociación atribuyó el origen de los fallos a denuncias presentadas por Colbún S.A. en 2014 y expuso que estas acciones han buscado que los regantes del Canal Zañartu capten la menor cantidad posible de agua desde el río Laja, debido al uso de esas aguas en centrales hidroeléctricas ubicadas aguas abajo.

Según su versión, inicialmente se resolvió que el Canal Zañartu nunca había captado más agua desde el río Laja que la correspondiente a sus derechos de aprovechamiento, que cifra en 45 m³/s. Posteriormente, precisó, se determinó que el canal podía captar válidamente solo 22,6 m³/s.

Finalmente, la asociación cita un informe técnico de 2023 que establece que el Canal Zañartu puede captar hasta 33 m³/s.

La entidad anunció nuevas gestiones para que se reconozca su derecho a captar hasta 45 m³/s y revisar los antecedentes que, según su planteamiento, respaldan esa posición.

La asociación agregó que seguirá administrando las obras hidráulicas bajo su responsabilidad y distribuyendo los caudales que, de acuerdo con su posición, corresponden a sus asociados.




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