Policial y Judicial

Diez años de cárcel por vender marihuana mediante WhatsApp: una jueza planteó la mitad de la pena

El tribunal estableció que el condenado coordinaba entregas de cannabis mediante grupos abiertos de la aplicación y mantenía cerca de un kilo de droga en su domicilio.

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Contexto / FUENTE: Cedida

El Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Bernardo Ariel Paredes Gatica a 10 años y un día de presidio efectivo por tráfico de estupefacientes, luego de acreditar que comercializaba cannabis sativa mediante grupos abiertos de WhatsApp y coordinaba entregas bajo la modalidad delivery.

VENTA COORDINADA POR WHATSAPP

La sentencia establece que el 21 de octubre de 2025, el imputado se reunió con un agente policial encubierto que utilizaba el apodo de "Lucas", en una estación de servicio de calle Patagonia, en Las Condes. En ese lugar entregó 200 gramos de cannabis por $190.000.

Tras la operación fueron incautados 202,49 gramos de droga y, entre las pertenencias de Paredes Gatica, $25.000 en efectivo, un teléfono celular utilizado para la comercialización y una llave.

CASI UN KILO EN SU DOMICILIO

Esa misma tarde, personal policial ingresó, con autorización judicial, al departamento del ahora condenado en Estación Central. Bajo su cama encontró cinco bolsas con 532,64 gramos de cannabis; en un closet había otras tres con 101,56 gramos y una bolsa transparente con 103,85 gramos.

En el inmueble también fueron hallados una balanza digital para dosificar la droga, $22.000 en efectivo y documentos pertenecientes al condenado. El total incautado alcanzó los 940,54 gramos de cannabis sativa.

La resolución consigna que no concurrieron atenuantes a su favor y que sí existía una agravante, circunstancia que impidió aplicar el grado mínimo de la pena. Al fijar la sanción, los jueces consideraron que la cantidad incautada permitía establecer el tráfico, pero no correspondía aumentar el castigo por una mayor afectación a la salud pública, por lo que aplicaron el mínimo legal dentro del grado determinado.

UNA MAGISTRADA PROPUSO CINCO AÑOS

La decisión sobre la pena tuvo una diferencia al interior del tribunal. La magistrada Paulina Rosales González estuvo por reconocer la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos y, con ello, imponer 5 años y un día de presidio.

La mayoría, en cambio, mantuvo la condena de 10 años y un día, que deberá cumplirse de manera efectiva. Además, se fijó una multa de 10 UTM y se decretó el comiso del dinero y las especies incautadas.




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