Policial y Judicial

Corte de Santiago ordena al Mineduc responder solicitud de “deuda histórica” en cinco días

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección y estableció que la falta de respuesta del Ministerio de Educación vulneró la igualdad ante la ley, ordenando pronunciarse sobre la solicitud de un profesor jubilado.

Deuda histórica a profesores: Proyecto avanza hacia su votación final en el Senado, La Tribuna
Deuda histórica a profesores: Proyecto avanza hacia su votación final en el Senado / FUENTE: La Tribuna

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado por un profesor jubilado y ordenó al Ministerio de Educación (Mineduc) emitir un pronunciamiento en un plazo máximo de cinco días respecto de su solicitud de pago del aporte por la denominada "deuda histórica".

El tribunal de alzada estableció que la omisión del ministerio en responder la petición del recurrente —ingresada hace más de un año— constituyó una actuación arbitraria, afectando la garantía constitucional de igualdad ante la ley.

En el fallo unánime de la Séptima Sala, los ministros señalaron que la dilación no podía justificarse en la existencia de un eventual proceso civil pendiente, más aún cuando el solicitante no contaba con información completa sobre dicho procedimiento.

La resolución también detalla que la Ley N°21.728 establece requisitos específicos para acceder al aporte, entre ellos no mantener juicios o reclamaciones pendientes relacionados con la asignación histórica de los docentes traspasados desde el sistema central a la administración municipal.

Asimismo, el tribunal recabó antecedentes del caso civil vinculado al recurrente, constatando que la causa se encontraba archivada y sin movimientos relevantes desde 2018.

Para la Corte, el tiempo transcurrido sin respuesta del Mineduc configuró una omisión injustificada, lo que derivó en la vulneración del derecho a igualdad ante la ley.

Por tanto, el fallo acogió la acción constitucional y ordenó al ministerio pronunciarse sobre la solicitud del profesor dentro de cinco días desde que la sentencia quede ejecutoriada.




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