Policial y Judicial

Corte Suprema declara prescrita deuda por pagarés del CAE y fija criterio sobre cobros bancarios

El máximo tribunal resolvió que Banco Itaú-Corpbanca no podía continuar el cobro de pagarés asociados al Crédito con Aval del Estado debido al vencimiento de los plazos legales para ejercer la acción cambiaria.

Comienza cobro del CAE a nivel nacional: Más de 550 mil personas presentan deudas, La Tribuna
Comienza cobro del CAE a nivel nacional: Más de 550 mil personas presentan deudas / FUENTE: La Tribuna

La Corte Suprema acogió un recurso de casación y declaró prescrita la acción de cobro de pagarés vinculados al Crédito con Aval del Estado (CAE), en un fallo que podría marcar un precedente en causas relacionadas con deudas universitarias administradas por entidades bancarias.

La decisión fue adoptada de manera unánime por la Primera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Arturo Prado, Mauricio Silva, María Angélica Repetto, Mario Carroza y María Soledad Melo, quienes revocaron una sentencia previa de la Corte de Apelaciones de Santiago que había rechazado la demanda presentada por el deudor.

El caso enfrentó a Camilo Vicenzo Carrasco Rojas con Banco Itaú-Corpbanca, entidad que buscaba cobrar pagarés asociados al financiamiento de estudios superiores mediante el sistema CAE. Sin embargo, la Corte Suprema concluyó que el banco no acreditó haber hecho efectiva la garantía estatal ni actuar como mandatario del Fisco, por lo que no podía acogerse a la imprescriptibilidad contemplada en la Ley 20.027.

El fallo estableció que, al no cumplirse esas condiciones, correspondía aplicar las reglas generales de prescripción previstas en la Ley 18.092 sobre letras de cambio y pagarés. En este caso, los documentos tenían vencimiento en junio de 2017 y la demanda de cobro fue presentada recién en marzo de 2021, superando el plazo legal.

"La imprescriptibilidad beneficia al Fisco y no a la institución bancaria que no acreditó su representación", concluyó la Sala Civil del máximo tribunal, remarcando que la garantía estatal requiere un procedimiento específico regulado tanto en la ley como en el reglamento del CAE.

Con esta resolución, la Corte Suprema revocó la sentencia del 18° Juzgado Civil de Santiago y declaró prescrita la acción cambiaria de cobro de los pagarés, cerrando así el proceso judicial iniciado por el banco contra el exestudiante.




matomo