Policial y Judicial

Revés judicial: Corte rechaza amparo de Joaquín Lavín León y seguirá en prisión preventiva

El tribunal falló en contra del recurso, señalando que el equipo legal omitió las vías ordinarias. El exparlamentario continuará bajo la medida cautelar.

Joaquín Lavín León, exdiputado, BCN
Joaquín Lavín León, exdiputado / FUENTE: BCN

En una decisión unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago asestó un duro golpe a la estrategia legal del exdiputado Joaquín Lavín León, tras desestimar el recurso de amparo interpuesto por su defensa para revertir su actual privación de libertad.

Tras este fallo, el excongresista deberá continuar recluido en las dependencias del Anexo Penitenciario Capitán Yáber, recinto al que ingresó bajo la medida cautelar de prisión preventiva el pasado viernes 8 de mayo.

Actualmente, Lavín León enfrenta una compleja investigación liderada por el Ministerio Público, la cual indaga su presunta participación en los delitos de fraude al fisco, tráfico de influencias y falsificación de instrumento privado mercantil.

Para intentar revertir su reclusión, el argumento central de sus abogados defensores apuntaba a la supuesta ilegalidad de la medida. Según su postura, la Fiscalía habría presentado durante la audiencia de formalización una serie de hechos que no estaban contemplados en la solicitud de desafuero original, la cual fue tramitada en junio del año pasado.

No obstante, el tribunal de alzada desestimó la ofensiva legal basándose en criterios tanto de forma como de fondo. En su dictamen, los magistrados recalcaron la naturaleza específica de la acción presentada, estableciendo que esta figura es "un mecanismo excepcional de tutela urgente de la libertad personal y de la seguridad individual, y no una vía general de revisión de resoluciones judiciales pronunciadas por tribunal competente dentro de un procedimiento legalmente tramitado".

La Corte fue enfática en señalar un error procesal clave en la estrategia de la defensa: todas las quejas y alegaciones planteadas debieron canalizarse a través del recurso de apelación regular, tal como lo mandata el artículo 149 del Código Procesal Penal. De hecho, el recurso de amparo se convirtió en la única carta disponible para la defensa, puesto que el equipo legal tomó la decisión de no apelar la prisión preventiva dentro del plazo legal de cinco días que se les otorgó tras la formalización.




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