Policial y Judicial

Condenan a imputado por dos delitos de estafa cometidos mediante engaño en arriendo de vehículos en Santiago

El condenado utilizó una artimaña para apropiarse de dos vehículos avaluados en más de $26 millones, tras simular contratos de arriendo con empresas de leasing, hechos por los que recibió penas de prisión remitida y multas que se dieron por cumplidas.

Demanda automotoras , ODECU
Demanda automotoras / FUENTE: ODECU

El 8° Juzgado de Garantía de Santiago dictó sentencia condenatoria en contra de un hombre de 40 años por su participación en dos delitos de estafa cometidos en septiembre de 2015 en las comunas de Providencia y Ñuñoa.

De acuerdo con los antecedentes establecidos en la causa, el tribunal dio por acreditado que el imputado participó en dos hechos en los que, simulando interés en el arriendo de vehículos, logró inducir a error a representantes de empresas de leasing y arriendo de automóviles.

En el primer hecho, ocurrido el 7 de septiembre de 2015, el condenado habría concurrido a dependencias de Leasing Carmen Dasein Limitada, en Providencia, donde tras suscribir documentación de un supuesto contrato de arriendo, obtuvo la entrega de un vehículo Toyota RAV4 año 2013, avaluado en más de 10 millones de pesos, retirándose del lugar sin devolverlo.

El segundo hecho, ocurrido el mismo día, involucró la participación del condenado junto a otro imputado en la empresa Seelman y Compañía Limitada, en Ñuñoa, donde mediante un mecanismo similar lograron la entrega de una camioneta Mazda BT-50 año 2015, avaluada en 16 millones de pesos, generando un perjuicio patrimonial a la víctima.

El tribunal determinó que ambos hechos configuran dos delitos consumados de estafa, previstos en el artículo 473 del Código Penal, atribuyendo al condenado participación en calidad de autor.

En la sentencia se reconoció la atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 N°9 del Código Penal, lo que permitió acoger la solicitud de la defensa respecto de una pena sustitutiva. En consecuencia, se impusieron penas de 41 días de prisión por cada delito, además de multas, las cuales fueron posteriormente tenidas por cumplidas.

El tribunal sustituyó las penas privativas de libertad por remisión condicional por el plazo de un año, sujeto a las condiciones establecidas en la Ley 18.216, considerando además abonos por días de detención previamente registrados en la causa.

Los intervinientes renunciaron a los recursos, por lo que la sentencia quedó ejecutoriada.




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