Policial y Judicial

Una mujer es condenada por el parricidio de su hija de tres años en Antofagasta

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contexto / FUENTE: cedida

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta sentenció a presidio perpetuo calificado a Alejandra Santos Santos, ciudadana boliviana, hallada culpable del parricidio de su hija de tan solo tres años.

El crimen, calificado por el Ministerio Público como uno de los más crueles en la historia reciente de la región, fue investigado por la Unidad de Análisis Criminal y Focos Investigativos (SACFI) y la Brigada de Homicidios de la PDI.

La resolución judicial establece que la mujer actuó con dolo directo, es decir, con la intención clara de causar la muerte de la menor. El dictamen se sustenta en una serie de pruebas contundentes: lesiones antiguas, signos evidentes de desnutrición, una quemadura extensa, fracturas no tratadas, cicatrices en el rostro y hasta la presencia de alcohol en su organismo al momento del fallecimiento.

De acuerdo a la información entregada, el hecho se remonta al 28 de marzo de 2024, cuando la menor ingresó en estado crítico al Hospital Regional de Antofagasta. El diagnóstico fue devastador: traumatismo craneoencefálico provocado por golpes reiterados, lo que derivó en un paro cardiorrespiratorio irreversible. A pesar de los esfuerzos del equipo médico, la menor falleció a poco de ser ingresada.

El Fiscal Regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, señaló que, "es una condena ajustada a la gravedad y crueldad del delito cometido por la acusada. Aquí se evidenció un patrón de maltrato infantil físico reiterado, que culminó en la muerte de una niña indefensa. No caben dudas sobre la naturaleza del delito ni sobre la pena impuesta, que es la más alta contemplada en nuestra legislación".

El tribunal consideró como agravante la "superioridad de fuerza o sexo", considerando la corta edad y el escaso desarrollo físico de la víctima, producto de la desnutrición prolongada. Asimismo, se determinó que la imputada deberá cumplir la pena de forma efectiva, descontando únicamente el tiempo que ha permanecido en prisión preventiva desde su detención.




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