Policial y Judicial

Condenan a individuo que agredió a hombre con un arma blanca en Yumbel

La víctima resultó con lesiones de carácter grave, mientras que su padre quien salió en su defensa- resultó con heridas leves tras ser agredido por otra persona con un ladrillo.

05-10-2017_18-09-141__9105-10-17,
05-10-2017_18-09-141__9105-10-17 / FUENTE:

Por el delito de lesiones graves fue condenado Alejandro Carrillo, tras apuñalar a un hombre con un arma blanca en la localidad de Yumbel Estación, en la comuna Santuario.

Todo se remonta al 14 de noviembre de 2016, cuando –a eso de las 15:45 horas- Alejandro Carrillo Astete llegó hasta un domicilio ubicado la intersección de calles Chacabuco con Centenario premunido con una cortapluma en sus manos.

En el lugar, agredió con un corte en la cara a otro hombre, provocándole heridas de carácter grave.

Mientras todo aquello sucedía, desde el interior de la casa, salió el padre de la víctima a defenderlo.

Sin embargo, fue agredido con un ladrillo en la cabeza por otro hombre que –a esa hora- acompañaba a Carrillo, resultando con lesiones de carácter menos grave.

Ambos agresores fueron llevados a juicio por los delitos de homicidio frustrado y porte de arma blanca y por el ilícito de lesiones menos graves, respectivamente.

El litigio en contra de estas dos personas se realizó durante la jornada de este jueves en el Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles.

Tras escuchar la prueba testimonial y pericial presentada por el Ministerio Público, “la persona imputada por lesiones menos graves fue absuelta porque la víctima con el testigo no fueron capaces de reconocer que efectivamente él había sido quien la agredió. En eso compartimos con el tribunal que efectivamente no había antecedentes para condenarlo”, relató el fiscal jefe de Yumbel, Álvaro Serrano.

Con respecto a Carrillo, el persecutor agregó que existían los antecedentes que permitieron determinar que efectivamente fue él quien apuñaló a la víctima y que portaba un arma blanca para eso.

Sin embargo, los jueces resolvieron recalificar el delito de homicidio y condenar a Carrillo por el de lesiones graves en contra de la víctima.

Esto porque “estimó que no se daban los presupuestos, que no había un dolo homicida, por tanto recalificó de homicidio frustrado a lesiones graves y ha entendido que el arma blanca se subsumía o era parte de esta agresión”, expresó Serrano.

De acuerdo a lo expresado durante el juicio, Carrillo relató que la víctima habría participado en un supuesto robo un par de días antes, ilícito que no se logró acreditar durante el juicio “ya que no hay denuncia alguna –ni en Carabineros ni en la Fiscalía- de un presunto robo, hecho que no fue acreditado por parte de la defensa”, expresó el fiscal.

Asimismo, agregó que analizarán el fallo en su contexto a fin de ver si existe o no algún vicio de nulidad y poder presentarlo en el tribunal de alzada.

DEFENSA

Para la defensa, el fallo de los jueces resultó satisfactorio puesto que finalmente el Tribunal terminó por absolver a uno de los imputados y condenar al otro por lesiones graves, desechando el delito de homicidio.

“El hecho por el cual fue condenado tiene una penalidad de simple delito, el defendido entendemos que colaboró con los hechos como también tiene irreprochable conducta anterior, de tal manera que la penalidad será bastante baja y podría cumplirse a través de una pena sustitutiva como firma”, relató el abogado defensor de Yumbel, Ernesto Ochoa.

Asimismo, agregó que su defendido –días antes- habría sido objeto de robo por parte de la persona que en este juicio aparece como víctima.

En este sentido, sería el agredido quien habría amenazado a la señora del agresor con que le causaría daños al imputado si es que llegaba a denunciar el robo. Fue a raíz de ello que Carrillo fue a solucionar el tema donde la víctima y se produjo dicho conflicto.

“Lo que plantea el defendido es que habían hecho la denuncia a Carabineros, incluso le habrían manifestado el uso de armamento, de unos casquillos que habrían encontrado, sin embargo no hubo nada de eso. De hecho, no hay denuncia formal en la fiscalía, lo que también se pesquisó durante la investigación. Lamentablemente, sólo quedó en los dichos de los defendidos de tal manera que no se pudo determinar por qué motivo no se ingresó esa denuncia a la Fiscalía Local”, relató Ochoa.

La lectura de sentencia se realizará durante la tarde del próximo martes 10 de octubre en dependencias del Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles.