Opinión

El retorno a la patria: una perspectiva jurídica

Socio fundador del Estudio Jurídico Díaz y Arismendi

Nicolás Arismendi, Cedida
Nicolás Arismendi / FUENTE: Cedida

El arresto de Nicolás Maduro el pasado 3 de enero y su reciente comparecencia ante la Corte del Distrito Sur de Nueva York no solo han sacudido el tablero geopolítico global; han activado un cronómetro jurídico y social en nuestra propia región del Biobío. Como abogados en el corazón de la provincia, observamos con detención un fenómeno inminente: la posibilidad de un retorno masivo de ciudadanos venezolanos a su tierra de origen.

El contexto local en cifras: para entender la magnitud, debemos remitirnos a los datos. Según las estimaciones más recientes del Servicio Nacional de Migraciones (Sermig) y el INE, la región del Biobío alberga a más de 55.000 ciudadanos extranjeros, de los cuales el 63,6% son de nacionalidad venezolana. En comunas como Los Ángeles, esta comunidad se ha integrado profundamente en el sector servicios, agrícola y profesional.

Sin embargo, el cambio de régimen en Caracas tras la captura del exmandatario plantea interrogantes legales que van más allá de la simple compra de un pasaje de avión. Estamos frente a una compleja "ingeniería de retorno" que involucra tratados internacionales y la legislación migratoria chilena.

Las implicancias legales del retorno

Desde mi oficina en Los Ángeles, identifico tres nudos críticos que los residentes venezolanos deberán desatar:

La extinción de la protección internacional: Muchos ciudadanos se encuentran en Chile bajo el amparo de refugio o visas de protección. El artículo 5 de la Ley 20.430 establece que la condición de refugiado puede cesar si las circunstancias que motivaron el temor fundado de persecución desaparecen. Con un gobierno de transición o la caída de la cúpula anterior, el estatus de muchos residentes podría entrar en una zona gris administrativa.

Vínculos de arraigo y doble nacionalidad: En estos años, hemos visto nacer muchos niños con padres extranjeros en el Complejo Asistencial Dr. Víctor Ríos Ruiz. Estos menores son chilenos; el retorno implica la tramitación de nacionalizaciones y reconocimientos consulares en una red diplomática que, hasta hoy, operaba con extrema precariedad. Legalmente, el derecho a la unidad familiar (consagrado en el artículo 1 de nuestra Constitución) será el eje de las futuras solicitudes de permanencia o salida.

Seguridad social y portabilidad de fondos: ¿Qué ocurre con los fondos de pensiones y ahorros de los venezolanos que han cotizado en Chile? Actualmente, los convenios de seguridad social con Venezuela son prácticamente letra muerta. La regularización de la salida exigirá un esfuerzo de la Cancillería para garantizar que años de trabajo en el Biobío no se pierdan en el vacío burocrático de un estado en reconstrucción.

Un proceso, no un evento

Aunque el entusiasmo por la libertad es palpable, el derecho nos enseña que las transiciones son procesos, no eventos instantáneos. El retorno no será una "ola" desordenada, sino un goteo de trámites: cierres de contratos laborales, finiquitos, cancelaciones de contratos de arriendo y validación de títulos ante un nuevo Ministerio de Educación venezolano.

Como profesionales del derecho en Biobío, nuestra labor ahora es asesorar para que este retorno —si se decide— sea en condiciones de legalidad y dignidad. El desafío para el Estado chileno será gestionar esta salida sin vulnerar los derechos adquiridos de quienes, durante una década, fueron nuestros vecinos y motores de nuestra economía regional.

Nicolás Arismendi

Socio fundador del Estudio Jurídico Díaz y Arismendi

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