Opinión

¿Se está incentivando la huida?

Docente de la Facultad de Derecho
Universidad del Desarrollo sede Concepción

Diego Muñoz, Cedida
Diego Muñoz / FUENTE: Cedida

Doce años han pasado desde la lamentable muerte de Emilia Silva, hecho que no solo conmovió a Chile por la pérdida de la pequeña, sino también por la sentencia de dos años sin pena de cárcel al conductor ebrio que provocó el accidente, lo que dio paso a una sensación generalizada de injusticia en nuestro país.

La indignación fue tal que rápidamente se gestó la denominada Ley Emilia, norma que tuvo como premisa original buscar que quien maneje en estado de ebriedad y cause muerte cumpla al menos un año de cárcel efectiva, y dicha pena no podrá ser rebajada de un mínimo con atenuantes. Además, planteó crear un nuevo delito: huir del lugar del accidente. Lógica clara: quien provoca un accidente tiene la obligación de quedarse, prestar ayuda y dar aviso a la autoridad.

Dado el tiempo que lleva la norma y la gran cantidad de jurisprudencia, hoy surge una pregunta incómoda: ¿se está incentivando la huida?

Un conductor que maneja en estado de ebriedad y que causa la muerte puede recibir un mínimo de 3 años y 1 día, hasta 10 años. Pero si huye y es capturado o se entrega días después, cuando ya no se puede medir el nivel de alcohol, solo podrá ser condenado a un máximo de 5 años. Entonces el incentivo es que resulta mejor huir que quedarse en el lugar.

El problema se agrava con la "colaboración sustancial", una atenuante que rebaja penas cuando el imputado aporta información valiosa, es decir, "sustancial". En teoría, requiere que aporte datos desconocidos que permitan saber sobre antecedentes que puedan esclarecer los hechos. Pero en la práctica, hay casos en los que algunos tribunales reconocen esa atenuante solo por el hecho de "posicionarse en el lugar". Es decir, bajo esa premisa —ya detenido— el autor del hecho indica que es él quien manejaba, aun cuando esos datos ya se tenían por testigos e imágenes, lo que convierte a esa declaración en una "colaboración sustancial".

¿El resultado? Un conductor ebrio que huye del accidente que provocó podría terminar con una pena de año y medio, sin mínimo de pena en cárcel. Incluso esto puede ser menos que la del conductor que provocó el fallecimiento de Emilia, que dejó esa sensación de impunidad. En cambio, si se hubiera quedado, habría enfrentado hasta 10 años sin rebaja del límite mínimo.

En este mes de septiembre, que lamentablemente se caracteriza por este tipo de hechos, está la paradoja de que la Ley Emilia, nacida para combatir la impunidad, inadvertidamente creó un nuevo tipo de impunidad.

No se trata de criticar la intención del legislador, sino que, evaluando su aplicación y la interpretación de tribunales, sea necesario establecer criterios objetivos que permitan evitar incentivos perversos, como que el huir sea una mejor opción, o que se simplifique la "colaboración sustancial" con un simple "yo fui". También que en su caso la Fiscalía persevere en llevar a juicio oral estas investigaciones aun bajo el riesgo de que los tribunales sigan esa tesis. Al fin y al cabo, el espíritu de la ley mandataba aquella persecución penal.

Emilia Silva y tantos otros que han fallecido producto de conductores ebrios merecen un legado coherente, una ley que castigue sin incentivar cobardía ni interpretaciones que van contra el espíritu de la norma.

Diego Muñoz Guzmán

Docente de la Facultad de Derecho

Universidad del Desarrollo sede Concepción

Etiquetas:




matomo