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La Tribuna
Columnista

Monitoreo y fiscalización de precios

Paulina Cid Muñoz

por Paulina Cid Muñoz

A raíz de la emergencia climática, el Gobierno declaró zona de catástrofe desde la Región de Valparaíso a la del Biobío.

En este contexto, el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe -en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 16.282-, permite que se persigan y sancionen los delitos de manipulación de precios, acaparamiento y negativa injustificada de venta de productos básicos.

Esta norma también sanciona a las empresas que vendan productos de consumo adulterados o en condiciones nocivas para la salud.

Por ello, como Sernac estamos monitoreando y fiscalizando en terreno los precios de los productos básicos más demandados durante la emergencia, principalmente en las regiones más afectadas tras el paso del sistema frontal: Valparaíso, O’Higgins, Maule, Ñuble y Biobío.

El objetivo de esta acción es corroborar que las empresas estén informando adecuadamente el precio y disponibilidad de los bienes y servicios que expenden, junto con verificar en terreno que no estén incurriendo en malas prácticas, como, por ejemplo, el aumento sin justificación ni acaparamiento.

El monitoreo del Sernac principalmente en alimentos básicos, entre ellos, agua envasada, arroz, fideos y azúcar.

Además, este monitoreo incluirá medicamentos y materiales de construcción, tales como palas, cemento, madera, el zinc; y distintos tipos de combustible para calefaccionar el hogar.

Para realizar esta labor, el Sernac desplegará a sus funcionarios en las regiones afectadas por las inundaciones, para poder revisar y examinar en terreno el comportamiento de las empresas.

El llamado que hacemos como Sernac a las empresas es a ser plenamente conscientes de esta catástrofe y no aprovecharse de la situación que está afectando a miles de consumidores, cuyos bienes han sido seriamente dañados por las fuertes lluvias, perdiendo, en muchos casos, todo lo que tenían.

En caso de incumplimiento a estas disposiciones, la norma sanciona a los responsables con pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio (61 días a 3 años).

Si el Sernac detecta alguna de estas conductas como parte de su fiscalización o monitoreo, las denunciará al Ministerio Público para que investigue o a la autoridad sanitaria según corresponda.

Paulina Cid Muñoz

Directora Regional (s) del Sernac

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