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Columnista

Por una auténtica participación docente

Prof. Juan Manuel Bustamante Michel, Pedagogo Socio fundador, director y secretario de la AFDEM Los Ángeles.

por Prof. Juan Manuel Bustamante Michel, Pedagogo Socio fundador, director y secretario de la AFDEM Los Ángeles.

Teniendo en cuenta que, según se ha dicho (y en no pocas oportunidades), no contaríamos con una escuela auténticamente democrática, ¿podríamos creer, entonces, en la concurrencia de una efectiva participación de los docentes de aula en cada uno de los procesos de toma de decisiones que de ordinario deben llevarse a cabo al interior de las mismas para su normal funcionamiento? Es más, respecto de este mismo particular, ¿se tendrá conocimiento o claridad meridiana acerca de que la participación de los docentes de aula en la referida toma de decisiones está garantizada por ley y definida como un derecho a ser ejercido por éstos, el cual en modo alguno puede ser soslayado por los equipos directivos y tecnicopedagógicos de los centros de enseñanza? Finalmente, y pensando en las relaciones homeostáticas que deben darse entre las docencias directiva, tecnicopedagógica y de aula (y sólo centrándonos en nada más que uno de sus componentes comunitarios, como es de entender), ¿se tendrá cabal idea acerca de cuáles serían los frentes o ámbitos en los que esta participación docente áulica tendría que expresarse? Veamos algunas posibles respuestas.

Digamos en primer término que por mucho que se sostenga que la escuela de hoy (se entiende que en sentido genérico) es distinta de la de ayer - y ello, por cómo (argumentando, tal vez, desde la desinformación, la buena fe o la ingenuidad) se ve que la gestionan los equipos directivos (directores e inspectores generales) y técnico pedagógicos (jefes técnicos y sus colaboradores especializados) -, lo cierto es que tal aseveración dista mucho de ser una realidad, habida cuenta de que la escuela democrática, es decir, la escuela horizontal, integral, integradora, participativa, holística, dialógica y centrada en los individuos, en efecto no existe, en atención a que, en los hechos, cruzando todas las épocas, se sitúa más bien en el plano de las utopías que del mundo factual del que formamos parte activa, atendido su más que evidente carácter vertical, autoritario, masificador, coercitivo y excluyente.

Tanto es así que, sin el menor recato, todavía funciona - por mucho que se sostenga lo contrario - como si aún tuvieran vigencia los denominados niveles de dirección, planificación y ejecución de los años setenta, que en su caso daban cuenta de la presencia de tres equipos (o compartimentos estanco por su falta de conexión y coordinación) destinados, uno, a pensar y resolver unilateralmente sobre los imperativos institucionales y sus diversos alcances y consecuencias; otro, a verificar in situ el cumplimiento de lo pensado y resuelto por el nivel pensante inmediatamente superior; y el último, los de abajo, a ejecutar en cada una de sus partes y sin dilación, según las modalidades establecidas, lo que había sido dispuesto por los responsables del normal funcionamiento del centro educativo.

El tema de fondo tiene que ver aquí con que una cosa son las prácticas directivas y técnico pedagógicas precedentemente descritas - que, como se puede observar, han permanecido casi inmutables en el tiempo tanto en la forma como en el fondo -, y otra muy distinta lo que la Ley 19.070 dispone desde hace 26 años en los Artículos 15° y 16° para la democratización de los centros escolares y la participación de los docentes; sobre todo cuando indica que los profesionales de la educación tendrán, sí o sí, derecho a: 1) participar en los procesos de diagnóstico, planeamiento, ejecución y evaluación de las actividades de la unidad educativa; 2) ser un agente activo en las relaciones de la unidad educativa con la comunidad; 3) ser consultados por el director del establecimiento respecto de la evaluación del desempeño de su función y la de todo el equipo directivo y técnico pedagógico; 4) ser parte en la formulación de propuestas que el director deba hacer llegar al sostenedor para mejorar el quehacer del centro de enseñanza; y 5) ser co partícipes en la elaboración de la cuenta pública del docente directivo responsable del establecimiento de que se trate.

Es que la participación docente, en el contexto del conjunto de actividades que a diario tienen lugar en un colegio, no es algo que deba quedar, de buenas a primeras, expuesto al libre albedrío de los directores, sino que un derecho de los profesores - hecho suyo con los años - que debe ser respetado por aquéllos más allá del cargo que detentan.

Prof. Juan Manuel Bustamante Michel, Pedagogo

Socio fundador, director y secretario de la AFDEM Los Ángeles.

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