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Columnista

Embarazo y discapacidad intelectual

Romina Bustos Águila. Académica Obstetricia Universidad Andrés Bello

por Romina Bustos Águila. Académica Obstetricia Universidad Andrés Bello
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La discapacidad intelectual, según el manual MSD, se define como el funcionamiento intelectual situado significativamente por debajo del promedio, que está presente desde el nacimiento o la primera infancia y que causa limitaciones para llevar a cabo las actividades normales de la vida diaria.

En Chile, las últimas cifras oficiales sobre población con discapacidad corresponden al Segundo Estudio Nacional de la Discapacidad el cual se publicó en el año 2015, es decir, las estadísticas existentes son de hace más de 6 años. En ese momento, el 17% de la población tenía algún tipo de discapacidad y el 50% pertenecía a los quintiles más pobres.

El 64% de la población discapacitada en Chile son mujeres. Cuando hablamos de prevalencia en trabajos estables, históricamente los hombres tienen una mejor inserción laboral que las mujeres y cuando nos enfocamos solamente en personas discapacitadas, esta situación se repite. Por lo tanto, podríamos inferir que la inserción laboral no tiene relación con la discapacidad de la persona, sino que influyen otras variables, como, por ejemplo, el género.

Respecto a las gestantes con discapacidad intelectual, igual que toda mujer, dicha persona tiene el derecho a decidir cuándo embarazarse. Sin embargo, lamentablemente esta condición se asocia a barreras, a problemas o limitaciones, aunque, como sociedad deberíamos verlo como situaciones particulares que requieren medidas particulares, pero que en ningún caso van a limitar a la persona para ejercer su derecho a gestar.

Siguiendo la misma línea, existen factores de riesgo que son realmente limitantes a la hora de la gestación, como es la drogadicción, la extrema ruralidad, la pobreza extrema, el abuso de sustancias, la nula red de apoyo, entre otras, factores que estrictamente generarán limitaciones durante un embarazo, tanto en la gestante como en el recién nacido, en cambio, ciertas condiciones cognitivo intelectuales no deben ser consideradas como limitaciones, sino que, como procesos distintos, únicos, en donde el profesional de la salud debe poner un mayor hincapié para otorgar una atención de calidad.

Respecto a la emocionalidad y el apego durante la gestación y puerperio, no está demostrado cuánto necesita una persona de capacidad intelectual para otorgar un correcto apego. Por lo tanto, una mujer en situación de discapacidad intelectual es capaz de otorgar apego a su recién nacido como cualquier otra.

Como profesionales de la salud y sociedad debemos cuestionarnos si la discapacidad es realmente un factor de riesgo o si solamente constituye una situación especial que requiere un manejo particular, pero que no constituye necesariamente una limitación.

El rol de la matrona/ón frente a esta situación es fundamental. Somos nosotras/os los que entregaremos la primera atención, quienes deberemos educar a la gestante siendo muy claros en el mensaje que deseamos entregar. Nuestra función es promover la salud e integrar a todas/os las/los usuarias/os que lo requieran.

Si persona con discapacidad intelectual decide embarazarse, es muy importante que tome esta decisión bajo las mejores condiciones posibles e ideal sería que la sociedad sea capaz de acompañarla y apoyarla.

Si no podemos poner fin a nuestras diferencias, contribuyamos a que el mundo sea un lugar apto para ellas

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