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Columnista

Suprema decisión

Prof. Pdgo. Juan Manuel Bustamante Michel. Director y Secretario de la AFDEM Los Ángeles

por Prof. Pdgo. Juan Manuel Bustamante Michel. Director y Secretario de la AFDEM Los Ángeles

- VISTOS:

Por un lado a) la suprema gracia, autoridad y señorío de que estoy investido por omnipresencia, omnividencia, omnisapiencia, omnipotencia, omnisciencia y, todo esto, a plena complacencia de mi ilustrísimo súper ego; y por otro b) las facultades que las leyes vigentes para este etéreo, ficticio y extra territorial Estado en proceso de fundación me otorgan para vulnerarlas, torcerlas y omitirlas cuando lo estime procedente, y las que me confieren las normas acordadas de palabra y las derogadas, y no escritas y por escribirse también, más las legítimas contravenciones a las que puedo llegar, ya por mi propia voluntad, ya por recomendaciones de mis doxas y diletantes guionistas, bufones, comediantes y malévolos soplones (profesionales, aprendices y aficionados), y sin perjuicio de uno que otro tinterillo con facha, presencia, discurso y lógica silogística de letrado, sin serlo para nada.

- CONSIDERANDO:

Por una parte, a) los juicios, opiniones y lo que se vierte por ahí - oralmente o por escrito (con y sin lengua y firma responsable, ni con los debidos fundamentos) - de boca y mano de algunos incompetentes, frustrados, mediocres, legos y cercanos y lejanos inescrupulosos, tanto en comentarios de pasillos, como en espacios alternativos no autorizadas, esto es, cafetines, baruchos de mala muerte, buhardillas y excusados - incluso subterráneos - y, por otra  , b) los inconvenientes y absurdos contrasistémicos que suponen en los requeridos y por requerir (a propia voluntad y / o por inicuo apercibimiento) su autonomía personal, su espíritu crítico, su preparación académica, su capacidad de razonamiento, su compromiso con la verdad y la justicia, más sus condiciones de sujetos asertivos, proactivos, propositivos y resolutivos, tolerantes y conciliadores, leales y solidarios que los han distinguido entre sus próximos, equidistantes y lejanos de ciudadanía, sentido de otredad, práctica comunitaria, oficio y profesión.

- DECIDO:

Oblígase a los requeridos y por requerir - esto, sin perjuicio de los roles que estén cumplimentando o que en su momento cumplimentarán en el seno de la sociedad de que forman parte, dada su calidad de sujetos gregarios; y por el problema que sin duda representa para el ejercicio de mi soberano señorío de caudillo todavía sin Estado por   conducir - a un procedimiento democrático de profilaxis mental, actitudinal y social consistente en sumar el doble de sus cualidades, restarlas en la misma cantidad, multiplicarlas y dividirlas por dos y multiplicarlas por cero a perpetuidad allí dónde y con quiénes se hallen; medida que con la debida supervisión y acompañamiento deberá ser ejecutoriada completa y cabalmente a partir de la total e inequívoca tramitación de esta Decisión de Legítima Autoridad. Asimismo, ordénase a los requeridos y eventuales y próximos sujetos por requerir - habida consideración de los fácticos poderes que legítimamente me respaldan - abstenerse de hacer uso ante mí, y lo que represento, de cada uno de sus derechos personales y constitucionales que aún no existen por lo impracticable de los mismos y de recurrir en consecuencia a la hipotética institucionalidad que para tales efectos considera y dispone nuestro también hipotético ordenamiento jurídico de nuestro, al cabo, hipotético Estado, so pena de ser reconocidos (exacta, oportuna y visiblemente) como anti establishment y ser objeto de ampliación de decisión, para los unos, y de severos y ejemplarizadores castigos, para los otros. Tómese razón, regístrese, archívese, dése copia a cada uno de los incumbentes, ejecútese, hágase público, explíquese, enséñese, constátese, asúmase y practíquese en todos sus alcances y sentidos. Todo esto, en el nombre del padre (que soy, y a no dudar), del hijo (que represento) y del noble, prístino, ecuánime y venerable espíritu de que se me ha y me he dotado para cada uno de Uds. Que así sea, y sin reparo alguno, ad eternum y per sécula seculorum.

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