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Columnista

Si la sociedad cambia el matrimonio también debe hacerlo

Nataly Neira Montoya, Abogada Chile Defensa Familias

por Nataly Neira Montoya, Abogada Chile Defensa Familias

La institución del matrimonio ha cambiado desde el siglo pasado a este, esos cambios pueden ser analizados desde el punto de vista de una crisis valórica, una evolución natural y además desde el punto de vista jurídico, que es el que nos convoca.

Para que nos quede claro, la crisis valórica que ha puesto en jaque al matrimonio se logra entender (depende de cada ética y si comparte o no el argumento) a partir de una moral basada en el cristianismo e impulsada con fuerza desde las religiones que han dominado occidente desde que el Imperio Romano se convirtió al cristianismo.

En paralelo y pensando en la evolución, el matrimonio tal como se conocía en los códigos de nuestro mundo ha sufrido una metamorfosis tan grande que hoy en día permite la unión de parejas de un mismo sexo. Más allá de que usted lo comparta o no, es un hecho de la causa y está a la vista en nuestros cuerpos normativos.

La actual Ley de Matrimonio Civil, publicada el 17 de mayo de 2004 y modificada por última vez en agosto de 2021 (publicada en noviembre del año pasado) vino a reemplazar una norma presente en nuestra legislación desde el 10 de enero de 1884, lo que nos permite decir con total certeza que esta institución consagrada por la costumbre, la ley civil y el derecho canónico ha mutado, cambiado, evolucionado o si quiere es una nueva.

Con eso claro, es mucho más fácil para los abogados dedicados al Derecho de Familia poder explicar y recomendar la mejor forma de entender que el matrimonio, entrado ya el primer cuarto del Siglo XXI, es otro.

Si bien, dentro de las causales de divorcios se mantienen las figuras del divorcio culposo y el divorcio unilateral, la coyuntura explicada antes ha permitido que nuestros legisladores debatieran, escuchando a todas las fuerzas políticas, en torno a una nueva figura que forma parte de los que hemos llamado una Reforma a la Ley del Matrimonio Civil.

Con el norte siempre claro en relación a los hijos y a las compensaciones del conyugue que consagra su vida al cuidado de la familia, nuestro Parlamento decidió implementar en la Ley el Divorcio de mutuo acuerdo considerado por los abogados como la mejor forma de terminar este vínculo matrimonial de forma pacífica y no controvertida.

Partiendo de la base que, como expertos en leyes, consideramos al Matrimonio como un contrato que puede ser disuelto jurídicamente, hemos concluido que los requisitos de esta nueva figura son sencillos pues ambas partes deberán estar de acuerdo y separados por un tiempo mínimo de un año, y no haber reanudado la vida en común, así como también regular o haber regulado materias como la pensión de alimentos de los hijos si es que corresponde, relación directa y regular (visitas), entre otros.

La idea es que aquellos que contraen matrimonio basado en el amor y en sus creencias religiosas no se separen, pero como Chile es un Estado laico que se fundamenta en una Constitución Política, se ha vuelto imprescindible que esta Ley haya cambiado, evolucionado o crecido (Usted decide) y este tipo de divorcio se ha vuelto aún más amigable en su tramitación, de modo tal que el tribunal podrá acceder de inmediato a la solicitud quedando los cónyuges divorciados en un plazo, que según la práctica, es de aproximadamente una semana.

Nataly Neira Montoya

Abogada Chile Defensa Familias

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