Opinión

Derecho a la participación

Florencia Alvez,
Florencia Alvez / FUENTE:

Lo que en un principio pareció ser una altísima participación ciudadana en las elecciones del 21 de noviembre, resultó ser solo aglomeración en los locales de votación debido a las limitaciones impuestas por la pandemia y a la dificultad que significó emitir varios votos, con gran cantidad de candidatos.

Si bien la participación aumentó en relación a las elecciones presidenciales del 2017, fue menor que para el plebiscito del Apruebo y Rechazo, en la que votó un 50,95% del padrón electoral.

Realizar las elecciones en dos días, implementar el voto electrónico o asignar locales de votación de acuerdo a los domicilios de las personas, son propuestas a considerar para incentivar la participación, elemento central de la democracia y un derecho humano consagrado en instrumentos internacionales y en la Constitución Política de la República, cuyo artículo primero, inciso 4, señala que es deber del Estado asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.

Para garantizar este derecho, el Estado debe asegurar a todas las personas la participación en los asuntos públicos. Esto implica educar e informar en diferentes contextos, por ejemplo, alcanzando zonas aisladas y con problemas de conectividad, o adoptando medidas interculturales como traducción a lenguas indígenas, entre otras acciones, materializando así el derecho a la participación, imprescindible para adoptar decisiones que sean representativas y que gocen de legitimidad, es decir, que sean consideradas como una decisión lícita, justa y eficaz.

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