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¡No es por nada!

Prof. Juan Manuel Bustamante Michel
Presidente de la AFDEM Los Ángeles

por Prof. Juan Manuel Bustamante Michel
Presidente de la AFDEM Los Ángeles

De acuerdo con lo señalado en la Ley 21.040 (de fecha 24/11/2017) que dio lugar a la existencia de la Nueva Educación Pública -y, como se sabe, ya en curso en buena parte de nuestro país-, los establecimientos educacionales son, en sustancia, las unidades básicas y fundamentales del Sistema Escolar, mismas que están conformadas por unas respectivas comunidades educativas integradas por educandos, padres, apoderados y/o guardadores (los requirentes de educación), profesionales de la educación, asistentes de la educación y sus respectivos equipos docentes directivos (los oferentes, conforme lo demandado por los primeros).

En su calidad de lugar por excelencia propicio para el ejercicio sistemático del arte y las ciencias de la pedagogía o ciencias de la educación, un centro educativo -sin perjuicio de constituir en la práctica jardines infantiles, escuelas (con educación inicial o kínderes incluidos), liceos, colegios o, incluso, entidades de educación superior como centros de formación técnica, institutos profesionales o universidades- es un espacio destinado a la formación integral (general, disciplinar o especializada, según el nivel de que se trate) que opera en respuesta al propio sí mismo de los individuos, tanto en función de lo que representa su realidad histórica, social y cultural inmediata y mediata con las que a diario interacciona, como a la necesidad llevar adelante la construcción y concreción de sus proyectos personales de vida en cada etapa de su desarrollo humano.

En el sistema educacional chileno -aunque ahora centrados en nuestro sistema escolar propiamente dicho- coexisten cuatro tipos de establecimientos educacionales. A saber: 1) los municipales o públicos; 2) los particulares subvencionados, todos los cuales se financian con recursos del Estado; 3) los particulares pagados; y 4) las corporaciones sujetas a administración delegada, que también operan con aportes fiscales. Sistema escolar que cuenta con cerca de 12.000 establecimientos educacionales a nivel nacional y una matrícula cercana a los 3 millones 400 mil educandos, que en Los Ángeles llegan a los 16.215 de ellos.

Para su funcionamiento específico, los centros de enseñanza que forman parte del Sistema Escolar, sin perjuicio de un irrestricto apego a los referentes filosóficos, políticos o regulatorios, científicos y tecnológicos que los sustentan, conducen su día a día poniendo en acción toda una diversidad de medios de gestión tales como: 1) Proyectos Educativos Institucionales, 2) Proyectos de Mejoramiento Educativo, 3) Bases Curriculares, 4) Proyectos Curriculares de Centro, 5) Reglamentos de Régimen Interior, 6) Reglamentos de Convivencia Escolar, 7) Reglamentos de Convivencia Laboral, 8) Reglamentos de Evaluación y Promoción Escolar, 9) Bitácoras de Novedades Diarias, 10) Programas de Evaluación y Acompañamiento a la Docencia Directiva, Técnico Pedagógica y de Aula y 11) Libros de Actas establecidos por tipo de consejo, entre otros tantos instrumentos útiles al efecto.

En este plano, por cierto, especial relevancia alcanzan las actas como elementos insoslayables y permanentes al servicio de la gestión institucional, toda vez que dan cuenta, consejo tras consejo (del tipo y competencia que sean), de la marcha de los centros educativos, habida cuenta de que, por un lado, reflejan la vida pasada y presente de estos en pos de su quehacer de corto, mediano y largo plazo, y de que, por otro, favorecen la verificación y reconstrucción objetiva de su historia, además del reconocimiento y acceso a la documentación generada y recibida por causa de las mismas. Documentos que, junto con ser públicos, deben ser vistos como primera acción en cada sesión para su aprobación o rechazo, y ser registrados en libros ad hoc debidamente foliados a fin de evitar la consumación de posibles prácticas irregulares como su conveniente omisión, adulteración o eliminación.

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