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Columnista

Cartas para el futuro VIII: Ombudsman, el defensor de la ciudadanía

Bryan Smith
Director de Estrategia y Desarrollo Observa Biobío

por Bryan Smith
Director de Estrategia y Desarrollo Observa Biobío

Ombudsman es una institución creada hace dos siglos en Dinamarca y que se ha extendido a una parte importante del mundo, sin ir más lejos, la mayoría de los países sudamericanos, a excepción de Chile, cuentan con dicha institución, cuyo objetivo principal es defender los derechos de la ciudadanía frente al poder y las facultades del Estado, de ahí su nombre que en español se traduce como Defensor del Pueblo.

Dependiendo del país, tiene distintas facultades. En algunos países, como México, sus facultades son limitadas, lo cual la convierte en una institución tan solo sugerente o acusatoria. Por otro lado, en Dinamarca sus facultades son amplias al punto que, si descubre situaciones irregulares como condenas injustas o cualquier falla en un proceso político que afecta a la ciudadanía o a una persona natural, puede detener dicho proceso en el acto, fundados en la responsabilidad de una investigación previa que compruebe las faltas en cuestión. Estas facultades son otorgadas por constitución, con el exclusivo fin de ser un defensor de los derechos humanos y civiles de cualquier persona frente al Estado sin discriminación de ningún tipo.

Hay quienes dirán que ya tenemos el Instituto Nacional de Derechos Humanos y Contraloría, pero en estricto rigor un Ombudsman debe contar con facultades mucho más amplias que ambas instituciones y en el caso particular del INDH, se nombra a un Ombudsman a aquella persona cuya trayectoria ética, profesional y humana se destaque por su probidad intachable, no por una repartición política de los partidos, quedando estrictamente limitada solo a personas que nunca han tenido militancia en partidos, con el fin de proteger la integridad e imparcialidad de la institución, además de contar con facultades determinantes como la detención inmediata de un proceso del Estado y no solo ser una institución denunciante y sugerente, como mencionamos anteriormente; en el caso de Contraloría, un Ombudsman tiene la facultad de incluso fiscalizar dicha institución, si fuese meritorio, entendiendo, además, que Contraloría solo se puede expresar respecto a asuntos administrativos.

Entonces un Ombudsman va más allá de ser una institución de observaciones, acusaciones y sugerencias frente al Estado, es más bien el contrapeso que lo regula, en defensa de la ciudadanía, fundado no solo en la ley constitucional que lo establece sino también en la imparcialidad y trayectoria de quien la dirige.

En Chile, desde 1985 existe un capítulo del Ombudsman que nunca ha podido materializarse en una Institución de la Constitución. Dicho capitulo, fue formado por hombres y mujeres que buscaban en aquel entonces, crear instituciones para la democracia que permitieran crear una saludable relación entre el Estado y la ciudadanía, pero por razones inentendibles, 36 años después de la creación de dicho capitulo, aún no contamos con una institución que, hoy más que nunca, se hace necesaria. Es importante mencionar que el año 2000 se inició un camino en el Senado para la creación de dicha institución, pero como supondrán, sigue ahí durmiendo junto con otros miles de proyectos de ley, a la espera de la famosa voluntad política, si, esa misma que resplandecía cuando de aumentar la dieta se trataba.

Nos deben un defensor, un vigilante de los vigilantes, nos deben un Ombudsman, el Defensor de la Ciudanía.

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