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La Tribuna
Columnista

El Banco Central en la Nueva Constitución

René Luis Núñez Ávila- Profesor de Derecho Procesal. Universidad de Chile

por René Luis Núñez Ávila- Profesor de Derecho Procesal. Universidad de Chile

Junto a los tres poderes del Estado ya conocidos, el Legislativo, Ejecutivo y Judicial, existen varios instituciones u organismos regulados en la Constitución actual como autónomos y la discusión en la Convención Constitucional versará sobre mantenerlos, reducirlos y/o agregar otros.

Nos referimos al Tribunal Constitucional, Fuerzas Armadas, de Orden y de Seguridad Pública, Municipalidades, Contraloría General de la República, Ministerio Público, Servicio Electoral y Justicia Electoral, Consejo de Seguridad Nacional y el Banco Central que es objeto de este artículo.

Nuestro país, en ciertas materias, ha dado ejemplos concretos de políticas de Estado que están sobre la contingencia. El Banco Central nos prestigia y debe mantener su autonomía, su carácter técnico y patrimonio propio con la estabilidad de precios como objetivo principal. Es decir, mantener su actual regulación y que sea su Ley Orgánica la que regule otras funciones, pero entregado al Legislador.

Todas las demandas y derechos sociales deben partir de la base que, si se desea dar cobertura amplia y para todos, es necesario contar con una sana económica y baja inflación. Los ejemplos actuales de Venezuela y Argentina nos prueban hoy que es muy difícil vivir con alta inflación que golpea con mucha fuerza a las personas más modestas.

Todos están contestes en señalar que el Banco Central ha hecho bien la pega. Gozamos de una inflación baja y controlada que coincide como los mejores 30 años de crecimiento y progreso de la economía chilena.

El Banco Central cumple un rol fundamental en la actividad institucional del Estado de Chile y por eso aplica el dicho, si funciona bien, para que cambiarlo. De hecho, un dato no menor. En estas más de tres décadas, el texto constitucional actual ha vivido treinta y cuatro procesos de reforma constitucional, donde, salvo el capítulo del Banco Central, no hay ningún otro capítulo que no haya sido reformado.

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