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La Tribuna
Columnista

Prórroga de las directivas de organizaciones sociales

Francesca Parodi Oppliger, Seremi de Gobierno del Biobío.

por Francesca Parodi Oppliger, Seremi de Gobierno del Biobío.

Como Gobierno siempre hemos señalado que las organizaciones sociales están en el centro de nuestra gestión. Son estos grupos intermedios los que levantan las problemáticas ciudadanas y se relacionan con el Estado para lograr que sus comunidades avancen y logren una mejor calidad de vida.

Dado el contexto de emergencia sanitaria que estamos viviendo, la acción de los dirigentes sociales también ha tenido que adaptarse a las nuevas dinámicas de distanciamiento físico, lo que sin duda implica un esfuerzo para todos.

Es por esto que, gracias a un trabajo conjunto entre el Congreso y el ejecutivo, el Presidente Piñera promulgó la ley que prorroga el mandato de las juntas de vecinos y otras organizaciones comunitarias, con el fin de evitar que el trabajo de los dirigentes sociales se vea interrumpido por la pandemia.

En concreto, la ley propone que las organizaciones se puedan acoger a esta iniciativa una vez que efectivamente se haya cumplido el período para el cual fue elegido el directorio que la encabeza en cualquiera de las siguientes tres situaciones:

i) Que la vigencia del directorio venciese con tres meses de anterioridad a la declaración de estado de excepción de 18 de marzo, es decir, 18 de diciembre de 2019; ii) Que la vigencia del directorio venciese una vez decretado estado de excepción constitucional, desde el 18 de marzo de 2020; y iii) Que la vigencia del directorio venciese durante el estado de excepción inclusive su prórroga, es decir, hasta el 14 de septiembre de 2020.

Esta vigencia se extenderá hasta tres meses después que el estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública haya finalizado. Además, en el caso de que se vuelva a prorrogar el estado de excepción, continúa la prórroga de la vigencia de los mandatos de las directivas, hasta la nueva fecha que este definiera.

De esta forma, las organizaciones podrán continuar la tremenda labor que realizan en favor de sus comunidades, evitando lagunas en sus directivas y sin perder el acceso a trámites con las instituciones públicas.

Evidentemente, esta ley no se aplicará en el caso de que una organización o asociación ya hubiera realizado la elección de su directiva antes del estado de excepción, en cuyo caso la nueva directiva electa será la vigente.

Sabemos que existen instancias, como fondos concursables y otros beneficios, que el Estado pone a disposición de las organizaciones y que exigen el correcto funcionamiento de sus directivas y estatutos; por lo que esta medida viene a hacerse cargo de una parte tremendamente relevante para el funcionamiento cotidiano de miles de organizaciones sociales.

Hoy es momento de cuidarnos y cuidar a nuestras comunidades, y para eso es necesario facilitar todas las instancias que sean necesarias para continuar el trabajo de manera eficiente y, sobre todo, segura.

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