Opinión

La resolución

Prof. Juan Manuel Bustamante Michel

Presidente de la AFDEM Los Ángeles

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Toda discrepancia con la ficción no es más que pura realidad o coincidencia o no sé qué.

VISTOS: Tanto a) la suprema gracia, autoridad y señorío de la que estoy investido por omnipresencia, omnividencia, omnipotencia y omnisciencia, como b) las facultades que las leyes vigentes me otorgan para vulnerarlas, torcerlas y omitirlas, y las que me confieren las normas derogadas y las no escritas y por escribirse también, más los legítimos excesos y abusos a los que puedo llegar, ya por mi propia voluntad, ya por recomendaciones de mis doxas y diletantes guionistas, bufones, comediantes y lenguaraces soplones (profesionales, aprendices y aficionados), y sin perjuicio de uno que otro tinterillo con facha, presencia, discurso y lógica silogística de letrado; y CONSIDERANDO: Por un lado, a) los juicios, opiniones y lo que se vierte por ahí –oralmente o por escrito  (con y sin lengua y firma responsable)– de boca y mano de algunos incompetentes, frustrados, mediocres, legos e irresponsables, tanto en comentarios de pasillos, como en espacios alternativos no autorizadas, esto es, cafetines, baruchos, buhardillas y excusados –incluso subterráneos– y, por otro, b) los inconvenientes y absurdos contrasistémicos que suponen en los imputados y por imputar (a propia voluntad y/o por inicuo apercibimiento) su autonomía personal, su espíritu crítico, su preparación académica, su capacidad de razonamiento, su compromiso con la verdad y la justicia, más sus condiciones de sujetos asertivos, proactivos, propositivos y resolutivos, tolerantes y conciliadores, leales y solidarios, que los han distinguido entre sus próximos, equidistantes y lejanos de ciudadanía, práctica, oficio y profesión; RESUELVO: Condénase a los imputados y por imputar –esto, sin perjuicio de los roles que estén cumplimentando o que en su momento cumplimenten; y por el problema que representa para el ejercicio de mi soberano señorío de caudillo– a un procedimiento democrático de profilaxis mental, actitudinal y social consistente en “sumar el doble de sus cualidades, restarlas en la misma cantidad, multiplicarlas y dividirlas por dos y multiplicarlas por cero a perpetuidad” allí dónde y con quiénes se hallen; sentencia que con la debida supervisión y acompañamiento deberá ser ejecutoriada completa y cabalmente a partir de la total tramitación de esta Decisión de Legítima Autoridad. Asimismo, ordénase a los condenados y/o por condenar –habida consideración de los fácticos poderes que legítimamente me respaldan– abstenerse de hacer uso ante mí y lo que represento de cada uno de sus derechos personales y  constitucionales por lo impracticable de los mismos y de recurrir en consecuencia a la institucionalidad que para tales efectos considera y dispone nuestro ordenamiento jurídico, so pena de ser reconocidos (exacta, oportuna y visiblemente) como antiestablishment y ser objeto de ampliación de fallo, los unos, y de severos y ejemplarizadores castigos, los otros. Tómese razón, regístrese, archívese, dese copia, ejecútese, hágase público, enséñese, constátese, asúmase y practíquese en todos sus alcances y sentidos. En el nombre del padre (que soy, y a no dudar), del hijo (que represento) y del noble, prístino y ecuánime espíritu de que se me ha y me he dotado para cada uno de ustedes. Que así sea, ad eternum, per secula seculorum.

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